No. 417.- TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES. San José, a las nueve horas y diez minutos del tres de abril de mil novecientos noventa y siete.-

 

Diligencias de cancelación de credencial de regidor suplente de la Municipalidad del Cantón de San Rafael, de la provincia de Heredia, que ostenta el señor GERARDO MARÍA ALFARO FERNANDEZ.-

 

RESULTANDO;

1) Que mediante nota suscrita por Rosa Ma. Alfaro Leitón, Secretaria Municipal del cantón de San Rafael, recibida el ocho de enero del año en curso, se solicita la cancelación de la credencial de regidor suplente de la Municipalidad de San Rafael, que ostenta GERARDO MARÍA ALFARO FERNANDEZ, en virtud de tener más de tres meses continuos de no asistir a sesiones municipal es;

2) Que este Tribunal por auto de las nueve horas del tres de febrero del presente año, concedió audiencia al regidor ALFARO FERNANDEZ para que contestara la denuncia planteada en su contra el cual respondió en memorial recibido el día diecinueve del mismo mes;-

3) En los procedimientos no se notan defectos que causen nulidad o deban corregirse; y -

 

CONSIDERANDO;

 

I) Que este Tribunal tiene por demostrado los siguientes hechos; a) Que GERARDO MARÍA ALFARO FERNANDEZ, es regidor suplente de la Municipalidad de San Rafael, pues habiendo figurado como candidato resultó electo y así fue declarado por este Tribunal (Declaratoria de Elección publicada en "La Gaceta" N° 74 del 19 de abril de 1994); b) Que el regidor ALFARO FERNANDEZ, tiene más de tres meses continuos de no asistir a sesiones municipales sin causa justificada o permiso expreso del Concejo (informes al folio 10 y del 26 al 29); c) Que el señor ALFARO FERNANDEZ, fue propuesto como candidato por el partido Unidad Social Cristiana (nómina de candidatos al folio 5); d) Que el candidato que sigue en la nómina del citado Partido, que no resultó electo ni ha sido designado por este Tribunal para completar el. número de regidores suplentes de la Municipalidad indicada es CARLOS LUIS PANIAGUA RODRÍGUEZ (Declaratoria de Elección y nómina de candidatos);

II) Que el Código Municipal en su artículo 26, inciso b) señala que es causal de la pérdida de la credencial de regidor "...Abandonar la función por más de tres meses continuos sin causa justificada o permiso expreso del Concejo.". Ahora bien, en autos se tiene por demostrado, que el señor GERARDO MARÍA ALFARO FERNANDEZ, tiene más de tres meses consecutivos de no asistir a sesiones municipales sin justa causa o permiso del Concejo, por lo que este Tribunal con fundamento en el inciso c) del artículo 31 ibídem, procede a cancelar su credencial de regidor suplente de la Municipalidad de San Rafael;-

III) Que al cancelarse la credencial de regidor suplente al señor ALFARO FERNANDEZ, se produce entre los regidores suplentes de la Municipalidad indicada, una vacante que es necesario llenar, conforme al efecto dispone el artículo 31, inciso e) del supraindicado Cuerpo Legal. En las presentes diligencias se ha tenido por cierto, que el candidato que sigue en la nómina del Partido Unidad Social Cristiana, que no resultó electo ni ha sido designado por este Tribunal para completar el número de regidores suplentes de la Municipalidad de San Rafael, es CARLOS LUIS PANIAGUA RODRÍGUEZ, a quien se designa para completar dicho número y quien entrará a ocupar el último lugar entre ellos después de JOSÉ FRANCISCO SÁNCHEZ LOBO.-

 

POR TANTO;

 

Este Tribunal con fundamento en lo expuesto y disposiciones legales citadas, RESUELVE; a) Cancélese la credencial de regidor suplente de la Municipalidad de San Rafael, que ostenta GERARDO MARÍA ALFARO FERNANDEZ, en virtud de haber hecho abandono de su función por más de tres meses continuos sin causa justificada o permiso expreso del Concejo, b) Desígnese a CARLOS LUIS PANIAGUA RODRÍGUEZ, para completar el número de regidores suplentes de la mencionada Corporación Municipal, quien entrará a ocupar el último lugar entre ellos después de JOSÉ FRANCISCO SÁNCHEZ LOBO. La anterior designación es por el resto del presente período constitucional que -finaliza el treinta de abril de mil novecientos noventa y ocho. Comuníquese y publíquese en el Diario 0ficial. --------------

 

Rafael Villegas Antillón

 

Enrique Meza Chaves Oscar Fonseca Montoya

Fernando Arias Castro Maruja Chacón Pacheco