Nº 1034.- TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES. San José, a las diez horas y treinta y cinco minutos del dieciséis de setiembre de mil novecientos noventa y siete.-

Diligencias de cancelación de credencial de regidor suplente de la Municipalidad del cantón de Desamparados, provincia de San José, que ostenta el señor ROGER MORALES ALFARO.-

RESULTANDO:

1) Que mediante nota suscrita por Mario Vindas Navarro, secretario municipal, recibida el tres de abril del año en curso, solicita la cancelación de la credencial al señor ROGER MORAES ALFARO, regidor suplente de la Municipalidad del cantón de Desamparados, provincia de San José, en virtud de tener más de tres meses continuos de no asistir a sesiones municipales;-

2) Que este Tribunal por auto de las nueve horas y diez minutos del siete de mayo del presente año, le confirió audiencia al señor MORALES ALFARO, para que contestara la denuncia planteada en su contra, el cual respondió mediante memoriales recibidos el once de junio y nueve de julio del año;-

3) En los procedimientos no se notan defectos que causen nulidad o deban corregirse; y.-

CONSIDERANDO:

I) Que este Tribunal tiene por demostrado los siguientes hechos: a) Que ROGER MORALES ALFARO, es regidor suplente de la Municipalidad del cantón de Desamparados, provincia de San José, pues habiendo figurado como candidato resultó electo y así fue declarado por este Tribunal (Declaratoria de Elección publicada en "La Gaceta" Nº 74 del 19 de abril de 1994); b) Que el regidor MORALES ALFARO, tiene más de tres meses continuos de no asistir a sesiones municipales sin causa justificada o permiso expreso del Consejo (certificación al folio 16); c) Que el señor MORALES ALFARO, fue propuesto como candidato por el partido Liberación Nacional (nómina de candidatos al folio 4); d) Que el candidato que sigue en la nómina del citado Partido, que no resultó electo ni ha sido designado por este Tribunal para completar el número de regidores suplentes de la Municipalidad indicada es ALEXIS AVALOS MENDEZ (Declaratoria de Elección y nómina de candidatos);

II) Que el Código Municipal en su artículo 26, inciso b) señala que es causal de la pérdida de la credencial de regidor "...Abandonar la función por más de tres meses continuos sin causa justificada o permiso expreso del Consejo.". Ahora bien, en autos se tiene por demostrado, que el señor ROGER MORALES ALFARO, tiene más de tres meses consecutivos de no asistir a sesiones municipales sin justa causa o permiso del Consejo, por lo que este Tribunal con fundamento en el inciso c) del artículo 31 ibídem, procede a cancelar su credencial de regidor suplente de la Municipalidad del cantón de Desamparados, de la provincia de San José;-

III) Que al cancelarse la credencial de regidor suplente al señor MORALES ALFARO, se produce entre los regidores suplentes de la Municipalidad indicada, una vacante que es necesario llenar, conforme al efecto dispone el artículo 31, inciso e) del supraindicado Cuerpo Legal. En las presentes diligencias se ha tenido por cierto, que el candidato que sigue en la nómina del Partido Liberación Nacional, que no resultó electo ni ha sido designado por este Tribunal para completar el número de regidores suplentes de la Municipalidad del cantón de Desamparados, provincia de San José, es ALEXIS AVALOS MENDEZ, y quien entrará a ocupar el último lugar entre ellos después de JORGE ARTURO MONGE VARGAS.-

POR TANTO:

Este Tribunal con fundamento en lo expuesto y disposiciones legales citadas, RESUELVE: a) Cancélase la credencial de regidor suplente de la Municipalidad del cantón de Desamparados, provincia de San José, que ostenta el señor ROGER MORALES ALFARO, en virtud de haber hecho abandono de su función por más de tres meses contínuos sin causa justificada o permiso expreso del Consejo, b) Desígnase a ALEXIS AVALOS MENDEZ, quien entrará a ocupar el último lugar entre ellos después de JORGE ARTURO MONGE VARGAS. La anterior designación es por el resto del presente período constitucional que finaliza el treinta de abril de mil novecientos noventa y ocho. Comuníquese y publíquese en el Diario Oficial.------------------------------------------------------------------------------------------