No. 515.- TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES. San José, a las nueve horas y cuarenta minutos del diecisiete de abril de mil novecientos noventa y siete.

 

Diligencias de cancelación de credencial de regidor suplente de la Municipalidad del cantón de Coto Brus, de la provincia de Puntarenas, que ostenta la señora ELIZABETH LEIVA HERRERA.-

 

RESULTANDO:

 

  1. Que mediante nota suscrita por Joyce Campos Garbanzo,, Secretaria Municipal del cantón Coto Brus de la provincia de Puntarenas, recibida el seis de marzo del presente año, se solicitó la cancelación de la credencial de la regidora suplente ELIZABETH LEIVA HERRERA, en virtud de tener más de tres meses continuos de no asistir a sesiones municipales;-

  2. Que este Tribunal por auto de las nueve horas y veinte minutos del diez de marzo del año en curso, concedió audiencia a la regidora LEIVA HERREA para que contestara la denuncia planteada en su contra; y-

  3. Que en los procedimientos no se observan defectos que causen nulidad; y-

 

CONSIDERANDO:

 

  1. Que este Tribunal tiene por demostrado los siguientes hechos: a) que ELIZABETH LEIVA HERRERA, es regidor suplente de la municipalidad del cantón de Coto Brus, de la provincia de Puntarenas, pues habiendo figurado como candidato resultó electo y así fue declarado por este Tribunal (Declaratoria de Elección publicada en “La Gaceta” no. 74 del 19 de abril de 1994); b) Que la regidora LEIVA HERRERA,, tiene más de tres meses continuos de no asistir a sesiones municipales sin causa justificada o permiso expreso del Concejo (informe a los folios 10); c) Que la señora LEIVA HERRERA, fue propuesto como candidata por el Partido Liberación Nacional (nómina de candidatos al folio 2); d) Que el candidato que sigue en la nómina del citado Partido, que no resultó electo ni ha sido designado por este Tribunal para completar el número de regidores suplentes de la Municipalidad indicada es HUGO BLANCO LOBO (Declaratoria de Elección y nómina de candidatos);

  2. Que el Código Municipalidad en su artículo inciso b) señala que es caudal de la pérdida de la credencial de regidor “...Abandonar la función por más de tres meses continuos sin causa justificada o permiso expreso del Consejo.” Ahora bien, en autos se tiene por demostrado, que la señora ELIZABETH LEIVA HERRERA, tiene más de tres meses consecutivos de no asistir a sesiones municipales sin justa causa o permiso del Concejo, por lo que este Tribunal con fundamento en e inciso c) del artículo 31 ibídem, procede a cancelar su credencial de regidor suplente de la Municipalidad del cantón de Coto Brus, de la provincia de Puntarenas;-

  3. Que al cancelarse la credencial de regidor suplente de la señora ELIZABETH LEIVA HERRERA, se produce entre los regidores suplentes de la Municipalidad indicada, una vacante que es necesario llenar, conforme el efecto dispone el artículo 31, inciso e) del supraindicado Cuerpo Legal. En las presentes diligencias se ha tenido por cierto, que el candidato que sigue en la nómina del partido Liberación Nacional, que no resultó electo no ha sido designado por este Tribunal para completar el número de regidores suplentes de la Municipalidad del cantón de Coto Brus, de la provincia de Puntarenas, es HUGO BLANCO LOBO, y quien entrará a ocupar el último lugar entre ellos después de JOSE LUIS ELIZONDO PERAZA.-

 

POR TANTO:

 

Este Tribunal con fundamento en lo expuesto y disposiciones legales citadas, RESUELVE: a) Cancelase la credencial de regidor suplente de la Municipalidad del cantón de Coto Brus, de la provincia de Puntarenas, que ostenta ELIZABETH LEIVA HERRERA, en virtud de haber hecho abandono de su función por más de tres meses continuos sin causa justificada o permiso expreso del Concejo, b) Desígnese a HUGO BLANCO LOBO, y quien entrará a ocupar el último lugar entre ellos después de JOSE LUIS ELIZONDO PERAZA. La anterior designación es por el resto del presente período constitucional que finaliza el treinta de abril de mil novecientos noventa y ocho. Comuníquese y publíquese en el Diario Oficial.---------------------------------------------------------

 

Rafael Villegas Antillón

 

 

Enrique Meza Chaves Oscar Fonseca Montoya

 

Fernando Arias Castro Maruja Chacón Pacheco