N° 0822-1-M-2002.-TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES. San José, a las trece horas del veintiuno de mayo del dos mil dos.
Diligencias de cancelación de credenciales de Regidor Propietario de la Municipalidad de Talamanca, provincia de Limón, que ostenta el señor George Brown Hudson.
RESULTANDO
1).- Mediante oficio recibido en la Secretaría del Tribunal el 18 de marzo del 2002, la señora Yorleny Obando Guevara, en su condición de Secretaria de la Municipalidad de Talamanca, provincia de Limón, comunicó a este Tribunal el acuerdo n° 04 adoptado en la sesión extraodinaria número 95, celebrada el el 08 de marzo del 2002, de conformidad con el cual se conoció y aprobó nota suscrita por el señor Geroge Brown Hudson, en la que renunciaba al cargo de regidor propietario de esa Municipalidad, disponiendo remitirla a este Tribunal para lo que por ley correspondiere.
2).- En los procedimientos no se observan defectos que causen nulidad.
Redacta la Magistrada Castro Dobles; y
CONSIDERANDO
Único: De conformidad con lo que establece el artículo 25 del Código Municipal, corresponde al Tribunal Supremo de Elecciones cancelar o declarar la nulidad de las credenciales conferidas a los regidores municipales; por ello, es a partir del momento en que este Órgano Electoral declara la respectiva cancelación, que jurídicamente cesa el nombramiento del funcionario. El nombramiento del señor Brown Hudson como regidor propietario de la Municipalidad de Talamanca concluyó el día 8 de mayo del año en curso, al terminar el período por el cual resultó electo. En virtud de lo expuesto, estas diligencias de cancelación de credenciales carecen de interés actual y lo que corresponde es ordenar el archivo del expediente.
POR TANTO
Archívese el expediente. Notifíquese a la Municipalidad de Talamanca.
Oscar Fonseca Montoya
Luis Antonio Sobrado González Olga Nidia Fallas Madrigal
Marisol Castro Dobles Fernando del Castillo Riggioni
Exp. 106-C-2002
Cancelación Credencial
George Brown Hudson
Municipalidad de Talamanca
ml