N° 0073-M-2002.-TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES. San José, a las diez horas del veintidós de enero del dos mil dos.

Diligencias de cancelación de credenciales de los regidores Andrés Sibaja Porras, Ana Marcia Aguiluz, Ana Cecilia Aguilar Aguilar, Alfredo Morales Fernández y Cesar Julio Saborío Chavarría, todos integrantes del Concejo Municipal de Santa Ana.

RESULTANDO

       1.-  Mediante         escrito notificado a la Secretaría del Tribunal el 5 de diciembre del 2001, la División de Asesoría y Gestión Jurídica de la Contraloría General de la República, remite el expediente DAGJ-31-2000, que es documentación original del procedimiento seguido a varios regidores del Concejo Municipal de Santa Ana, en donde consta el acto final firme PA-14-2001 de las 9:00 horas del 7 de setiembre del 2001, en el que se recomienda la cancelación de las credenciales de los señores regidores Andrés Sibaja Porras, Ana Marcia Aguiluz, Ana Cecilia Aguilar Aguilar, Alfredo Morales Fernández y Cesar Julio Saborío.

       2.-        En el procedimiento se han observado las prescripciones reglamentarias y de ley;

       Redacta el Magistrado Fonseca Montoya, y;

CONSIDERANDO

       I.- De conformidad con lo que establece el artículo 3 el Reglamento sobre la Cancelación o Anulación de Credenciales Municipales y lo dispuesto por la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia en sentencia número 2000-06326 de las 16:18 horas del 19 de julio del 2000, la Contraloría General de la República realizó procedimiento administrativo por eventuales responsabilidades contra los señores regidores de la Municipalidad de Santa Ana.  Esta investigación se originó en la denuncia planteada por los señores Patricia Segovia Pinto y Rafael Venegas Calderón, ambos regidores de esa misma municipalidad, quienes alegaron la existencia de irregularidades en la compra de una finca para desarrollar en ese cantón un proyecto de vivienda para personas de escasos recursos administrativos.

       II.- En las resoluciones PA-14-2001,  de la División de Asesoría y Gestión Jurídica de la Contraloría General de la República y la resolución de las 10 horas del 20 de noviembre del 2001, mediante la que el Contralor General ratifica la anterior resolución, ese órgano tiene por demostrado que los señores Andrés Sibaja Porras, Ana Marcia Aguiluz, Ana Cecilia Aguilar Aguilar, Alfredo Morales Fernández y Cesar Julio Saborío, todos ellos regidores de la Municipalidad de Santa Ana, incurrieron en la comisión de una serie de faltas graves, con violación de las normas del ordenamiento de fiscalización, consistentes en autorizar la compra directa de un inmueble sin la autorización de la Contraloría General de la República, sin contar con estudios técnicos que demostraran la idoneidad del terreno para el fin propuesto y sin contar con un avalúo de Tributación Directa. La responsabilidad de los encausados deriva de su participación, a través de su voto en un órgano colegiado, en la resolución que aprobó la adquisición del inmueble. El órgano contralor recomienda al Tribunal Supremo de elecciones dictar resolución cancelando las credenciales de los regidores del Concejo Municipal de Santa Ana, Andrés Sibaja Porras, Ana Marcia Aguiluz, Ana Cecilia Aguilar Aguilar, Alfredo Morales Fernández y Cesar Julio Saborío.

II. Este Tribunal, luego de comprobar con base en los documentos que le remitió al la Contraloría General de la República, que se cumplió con  el debido proceso, avala la relación de hechos y las conclusiones que plantea el órgano contralor.  Siendo que se tuvo por demostrada la comisión de falta grave con violación de las normas del ordenamiento de fiscalización contemplado en la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, artículo 73 y se afectaron fondos públicos, de conformidad con lo que establecen los artículos 24 inciso e) y 25 del Código Municipal y los artículos 1 y 3 del Reglamento sobre la Cancelación o anulación de Credenciales Municipales lo procedente es disponer la cancelación de las credenciales de regidores propietarios Ana Cecilia Aguilar Aguilar, Andrés Sibaja Porras, Alfredo Morales Fernández, Ana Marcia Aguiluz Soto  y el regidor suplente Cesar Julio Chavarría Saborío todos ellos de la Municipalidad del cantón de Santa Ana de la provincia de San José.

POR  TANTO:

SE DISPONE:  a) cancelar la credencial de los regidores propietarios, Ana Cecilia Aguilar Aguilar, Andrés Sibaja Porras y Alfredo Morales Fernández del Partido Unidad Social Cristiana, y a la regidora propietaria Ana Marcia Aguiluz Soto y al regidor suplente Cesar Julio Chavarría Saborío, ambos del Partido Liberación Nacional, todos de la Municipalidad de Santa Ana, provincia de San José; b) designar a Minor Madrigal Jiménez, Vera Solís Villalobos y Atilio Umaña Umaña del Partido Unidad Social Cristiana y a Sergio Fernando Jiménez Guevara del Partido Liberación Nacional como regidores propietarios de la municipalidad de Santa Ana, para reponer por su orden las vacantes producidas por la cancelación de credenciales de los regidores propietarios citados;  c)  designar como regidores suplentes a: Nuria María Araya Madrigal, Luis Guillermo Angulo Sandí, Loriana Segura Mora del Partido Unidad Social Cristiana, quienes ocuparán el primero, segundo y tercer lugar, respectivamente, entre los regidores suplentes de ese partido en la indicada municipalidad; y a Cristóbal Umaña Chavarría y Mario Vargas Sibaja del Partido Liberación Nacional, quienes ocuparán el primero y segundo lugar, respectivamente, entre los regidores suplentes de ese partido en la Municipalidad de Santa Ana, para completar de esta manera el número de regidores suplentes de ley.  Las anteriores designaciones rigen a partir de la juramentación y por el resto del presente período constitucional, que finaliza el treinta de abril del dos mil dos. Comuníquese y publíquese en el Diario Oficial.



Oscar Fonseca Montoya

 

Luis Antonio Sobrado González                            Olga Nidia Fallas Madrigal

 

Marisol Castro Dobles                                     Fernando del Castillo Riggioni

















Exp.  439-F-2001

Cancelación de Credencial

Andrés Sibaja  Porras y otros

Concejo Municipal Santa Ana

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