N° 0720-M-2002.-TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES. San José, a las diez horas treinta minutos del nueve de mayo del dos mil dos.
Diligencias de cancelación de credenciales de síndico propietario del distrito V, Curubandé y síndica suplente del distrito I, Liberia, ambos de la Municipalidad del cantón de Liberia, provincia de Guanacaste.
RESULTANDO
1.- Mediante nota recibida en este despacho el 18 de abril del 2002, la señora Marcia Espinoza Rojas, Secretaria de la Municipalidad del cantón de Liberia, provincia de Guanacaste, comunicó el acuerdo adoptado por el Concejo de la Municipalidad en la Sesión Ordinaria Nº. 15-2002, celebrada el 15 de abril del 2002, en la cual se conoció y aceptó, a partir del 16 de abril del 2002, la renuncia a los cargos de síndico propietario del distrito 5º, Curubandé y síndica suplente del distrito 1º, Liberia, ambos del cantón de Liberia, formulada por el señor Matías Campos Cerdas y la señora María Ester Martínez Canales, respectivamente.
2.- En el procedimiento no se observan defectos susceptibles de generar nulidad.
CONSIDERANDO
I.- HECHOS PROBADOS: Como tales y de relevancia para la resolución del presente asunto, se tienen los siguientes: a) que el señor Matías Campos Cerdas es síndico propietario por el distrito 5°, Curubandé, del cantón de Liberia, provincia de Guanacaste, pues habiendo figurado como candidato resultó electo y así fue declarado por este Tribunal (vid. Declaratoria de Elección publicada en La Gaceta N°. 114); b) que el señor Campos Cerdas fue propuesto para el cargo al que resultó electo por el Partido Unidad Social Cristiana (vid. nómina de candidatos a folio 2); c) que la síndica suplente por el distrito Curubandé por el Partido Unidad Social Cristiana es la señora Zita María White Morales; d) que la señora María Ester Martínez Canales es síndica suplente por el distrito 1°, Liberia, del cantón de Liberia, provincia de Guanacaste, pues habiendo figurado como candidata resultó electa y así fue declarado por este Tribunal (vid. Declaratoria de Elección publicada en La Gaceta N°. 114); e) que la señora Martínez Canales fue propuesta por el Partido Unidad Social Cristiana (vid. nómina de candidatos a folio 2); f) que el Concejo Municipal de Liberia conoció y aceptó, a partir del 16 de abril del 2002, la renuncia del señor Matías Campos Cerdas y de la señora María Ester Martínez Canales, a los cargos de síndico propietario y suplente, respectivamente (vid. folio 1).
II.- SOBRE EL FONDO: En cuanto a la figura del síndico, el artículo 58 del Código Municipal es claro en disponer que a éstos les resultan aplicables las disposiciones del Título III de ese mismo cuerpo legal en punto a requisitos, impedimentos, prohibiciones, reposición, juramentación y toma de posesión del cargo de los regidores. Por su parte el artículo 24 ibídem, inciso c), dispone que es causal de pérdida de la credencial de regidor la renuncia voluntaria escrita y conocida por el Concejo.
Ahora bien, la remisión que opera de esta norma en el caso de renuncia de un síndico y en punto a su reposición, únicamente es atendible en el caso de los propietarios, dado que en los suplentes existe imposibilidad material de sustituirlos, pues no tienen sustituto constitucional ni legalmente establecido.
Sin embargo, al haber tomado conocimiento la Municipalidad del cantón de Liberia, provincia de Guanacaste de la renuncia del señor Matías Campos Cerdas y de la señora María Ester Martínez Canales, a los cargos de síndico propietario y suplente, respectivamente, lo procedente es cancelar sus credenciales.
III.- Al cancelarse la credencial del señor Campos Cerdas se produce una vacante en la Municipalidad ya mencionada que es necesario llenar según se desprende de la relación de los artículos 58 y 25, inciso c), del Código Municipal. Al haberse probado en autos que la síndica suplente por el Partido Unidad Social Cristiana en el distrito 5º Curubandé, del cantón de Liberia, provincia de Guanacaste es la señora Zita María White Morales, se le designa para llenar la vacante que dejó el señor Campos Cerdas. En cuanto a la vacante que deja la señora María Ester Martínez Canales, como síndica suplente del distrito 1º Liberia, se omite hacer designación alguna dada la imposibilidad material de sustituirla. La presente designación rige hasta que los síndicos que sean electos en las elecciones de diciembre del año 2002 ocupen sus cargos.
POR TANTO
Oscar Fonseca Montoya
Luis Antonio Sobrado González Olga Nidia Fallas Madrigal
Marisol Castro Dobles Fernando del Castillo Riggioni
Municipalidad de Liberia
C/ Matías Campos Cerdas y María Ester Martínez Canales
Síndico Propietario y Suplente, respectivamente
ml