N° 1319-M-2002.-TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES. San José, a las doce horas cinco minutos del dieciocho de julio del dos mil dos.

Solicitud de cancelación de las credenciales de Síndica Propietaria del distrito XIII, La Garita de la Municipalidad del Cantón Central de la provincia de Alajuela, que ostenta la señora Julieta Rojas Picado.

RESULTANDO

1.- Mediante oficio número 732-SM-2002, recibido en este despacho el día 25 de junio del 2002, la señora María del Rosario Muñoz González, Secretaria Municipal de la Municipalidad del Cantón Central de Alajuela, comunicó a este Tribunal el acuerdo tomado en su Sesión Ordinaria n° 22-2002, Artículo 1, capítulo IX, celebrada el 28 de mayo del 2002, en la cual se conoció y aceptó la renuncia de la señora Julieta Rojas Picado, al cargo de síndica propietaria por el Distrito de La Garita de Alajuela, en virtud de haber resultado electa como regidora suplente en la misma municipalidad para el período 2002-2006.

2.- En los procedimientos se han observado las prescripciones de ley y no se notan defectos capaces de invalidar lo actuado.

Redacta el Magistrado Rodríguez Chaverri, y;

CONSIDERANDO

I.- HECHOS PROBADOS: Como tales y de relevancia para la resolución del presente asunto, se tienen los siguientes: a) que la señora Julieta Rojas Picado es síndica propietaria por el distrito XIII, La Garita del cantón Central, de la provincia de Alajuela, pues habiendo figurado como candidata resultó electa y así fue declarado por este Tribunal (vid. Declaratoria de Elección publicada en La Gaceta N°. 114); b) que la señora Rojas Picado fue propuesta para el cargo al que resultó electa por el Partido Unidad Social Cristiana (vid. nómina de candidatos a folio 2); c) que el Concejo Municipal del cantón Central de Alajuela conoció y aceptó la renuncia de la señora Julieta Rojas Picado al cargo de síndica propietaria. (vid. folio 1); d) que el síndico suplente por el distrito XIII, La Garita, del cantón Central, provincia de Alajuela, del Partido Unidad Social Cristiana, es el señor Joaquín Bernardo Arroyo Arias (vid. Declaratoria de Elección publicada en La Gaceta N°. 114).

II.- SOBRE EL FONDO: De la relación de los hechos que se han tenido por probados, y con base en el artículo 58 del Código Municipal, es claro que a los síndicos les resultan aplicables las disposiciones del Título III de ese mismo cuerpo legal en punto a requisitos, impedimentos, prohibiciones, reposición, juramentación y toma de posesión del cargo de los regidores, y siendo que el artículo 24 ibídem, inciso c), dispone que es causal de pérdida de la credencial de regidor la renuncia voluntaria escrita y conocida por el Concejo, al haber tomado conocimiento la Municipalidad del cantón Central de la provincia de Alajuela, de la renuncia del señor Julieta Rojas Picado, lo procedente es cancelar su credencial de síndica propietaria.

III.- Al cancelarse la credencial de la señora Rojas Picado se produce una vacante en la Municipalidad ya mencionada que es necesario llenar según se desprende de la relación de los artículos 58 y 25, inciso c), del Código Municipal. Al haberse probado en autos que el síndico suplente por el Partido Unidad Social Cristiana del distrito XIII, La Garita del cantón Central, provincia de Alajuela, es el señor Joaquín Bernardo Arroyo Arias, se le designa para llenar la vacante que dejó la señora Rojas Picado. La presente será hasta que los síndicos que sean electos en las elecciones de diciembre del año 2002 ocupen sus cargos.

POR TANTO

Se cancela la credencial de síndica propietaria del distrito XIII, La Garita de la Municipalidad del cantón Central, provincia Alajuela, que ostenta la señora Julieta Rojas Picado. En su lugar se designa al señor Joaquín Bernardo Arroyo Arias. La anterior designación finaliza hasta que los síndicos electos en las elecciones de diciembre del 2002, ocupen sus cargos. Comuníquese y publíquese en el Diario Oficial. –

 

 

 

 

 

 

 

Olga Nidia Fallas Madrigal 

 

 

 

 

 

Marisol Castro Dobles Fernando del Castillo Riggioni

 

 

 

 

 

Ovelio Rodríguez Chaverri Mario Seing Jiménez

 

 

 

 

  

 

 

 

 

 

Exp. 199-F-2002

Municipalidad de Alajuela

C/ Julieta Rojas Picado

Síndica Propietaria

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