No. 0811-E-2002.-TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES. San José, a las catorce horas cuarenta minutos del diecisiete de mayo del dos mil dos.

Gestión presentada por el señor Róger Vílchez Cascante en relación con la renuncia del señor Ricardo Salazar Rojas, candidato a Regidor Municipal por el cantón Central de Heredia.

RESULTANDO

1.- Mediante escrito recibido en la Secretaría del Tribunal el 13 de diciembre del 2001, el señor Róger Vílchez Cascante, en aquel momento Diputado de la Asamblea Legislativa, indica que el señor Ricardo Salazar Rojas, candidato a regidor por el cuarto lugar en la nómina del cantón central de Heredia por el Partido Liberación Nacional presentó su renuncia a la candidatura y ante esta situación solicita le aclaren diversos aspectos: “¿A partir de cuándo el Tribunal Supremo de Elecciones tramita la renuncia del señor Salazar Rojas?; ¿Será su suplente señorita Patricia Sánchez Villalta la que ocupe el cuarto puesto de la papeleta municipal; toda vez de su designación fue mediante proceso de elección directa? ¿Qué procede para la designación del puesto en caso de designarse a la suplente o si asciende el quinto lugar de la papeleta?”.

2.- En escrito presentado el 05 de diciembre del 2001, el señor Ricardo Salazar Rojas, presenta ante el Tribunal su renuncia con carácter de irrevocable a la candidatura a Regidor en el cuarto lugar propietario de la papeleta del PARTIDO LIBERACIÓN NACIONAL en el cantón Central de Heredia.

3.- Mediante escrito presentado el 15 de enero del 2002, la señora Patricia Sánchez Villalta, en su calidad de candidata a Regidora suplente en el cuarto lugar por la región 1 del Cantón Central de Heredia, del Partido Liberación Nacional y compañera de fórmula del señor Ricardo Salazar Rojas, quien fue electo como candidato a Regidor propietario por el mismo puesto, consulta si con motivo de la renuncia del señor Salazar Rojas, le correspondería a ella ocupar el puesto que queda vacante, como Regidora propietaria, en el evento de que resultara electo ese puesto.

4.- Mediante el acuerdo tomado en sesión n° 26-2002, del 15 de febrero del 2002, artículo 19°, el Tribunal resolvió reservar la solicitud para ser considerada en el momento en que se realice la declaratoria de la elección respectiva, indicando que el Tribunal decidiría sobre la renuncia presentada, su eventual sustitución y todas las designaciones correspondientes, luego de realizada la declaratoria de elección de Regidores y de conformidad con lo dispuesto en el Código Municipal.

Redacta el Magistrado Sobrado González; y,

CONSIDERANDO

ÚNICO: La declaratoria oficial de regidores se publicó en el diario oficial La Gaceta # 82, del 30 de abril del 2002 y en ella consta que el Partido Liberación Nacional obtuvo únicamente dos puestos de regidor en el cantón central de la Provincia de Heredia. El señor Ricardo Salazar Rojas ocupaba el cuarto lugar en la papeleta respectiva, por lo que no resultó electo y de allí que resulte innecesario pronunciarse en cuanto a su renuncia y a las consultas que el señor Vílchez Cascante y la señora Patricia Sánchez Villalta plantean en relación con tales circunstancias. Por ello, lo procedente es ordenar el archivo del expediente.

POR TANTO

Archívese el expediente. Notifíquese.

 

 

 

Luis Antonio Sobrado González 

 

 

Marisol Castro Dobles Fernando del Castillo Riggioni 

 

Ovelio Rodríguez Chaverri Juan Antonio Casafont Odor

Exp. 107-S-2002

Consulta Electoral

Róger Vílchez Cascante

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