N.º 2457-M-2011.-TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES. San José, a las doce horas del veintitrés de mayo de dos mil once.

Diligencias de cancelación de credenciales de concejal suplente del Concejo de Distrito de Venado, cantón San Carlos, provincia Alajuela, que ostenta la señora Irene Picado Arias.

RESULTANDO

1.- En oficio n.º S.M.-0695-2011 presentado ante la Secretaría del Tribunal el 13 de abril de 2011, la señora Alejandra Bustamante Segura, secretaria del Concejo Municipal de San Carlos, transcribe el acuerdo adoptado por ese Órgano Deliberativo en la sesión ordinaria celebrada el 26 de marzo de 2011, artículo n.° 33, incisos 1 y 2, acta n.° 21, en el que se conoció y aceptó la renuncia de la señora Irene Picado Arias a su cargo de concejal suplente del Concejo de Distrito de Venado, cantón San Carlos. En ese mismo acto, el Concejo Municipal conoce de la renuncia presentada por la señora Lucía Pichardo Murillo a una eventual designación como concejal de ese Concejo de Distrito (folios 2-6).

2.- Por auto de las 14:10 horas de 29 de abril de 2011 se previno al Concejo Municipal de San Carlos para que remitiera a este Tribunal original o fotocopia debidamente certificada de las cartas de renuncia presentadas por las señoras Picado Arias y Pichardo Murillo, así como la dirección exacta en que pueden ser notificadas ambas (folio 7).

3.- Mediante oficio n.° S.M.-0889-2011 de 9 de mayo de 2011 el Concejo Municipal de San Carlos cumplió con lo prevenido (folios 26-30).

4.- En el procedimiento no se observan defectos que causen nulidad o indefensión.

Redacta la Magistrada Zamora Chavarría; y,

CONSIDERANDO

I.- Hechos probados: para la resolución del presente asunto se tienen los siguientes: 1) que la señora Irene Picado Arias fue electa como la única concejal suplente del distrito Venado, cantón San Carlos, provincia Alajuela, postulada en su momento por el Partido Liberación Nacional, para el período legal que se inició el siete de febrero de dos mil once y que concluirá el treinta de abril de dos mil dieciséis (ver nómina de candidatos y resolución n.° 0484-E-11-2011 de las 14:30 horas del 14 de enero de 2011 “Declaratoria de Elección de síndicos propietarios y suplentes y miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito, correspondientes a los distritos del cantón San Carlos de la provincia de Alajuela, para el período legal que iniciará el siete de febrero del dos mil once y que concluirá el treinta de abril de dos mil dieciséis” (folios 14 y 23 vuelto); 2) que el Concejo Municipal de San Carlos, en la sesión ordinaria celebrada el 26 de marzo de 2011, artículo n.° 33, incisos 1 y 2, acta n.° 21, conoció de la renuncia presentada por la señora Irene Picado Arias a su cargo de concejal suplente del Concejo de Distrito Venado, cantón San Carlos (folios 4, 6, 26 29); 3) que el candidato a concejal suplente que sigue en la nómina del Partido Liberación Nacional que no resultó electo ni ha sido designado por este Tribunal para desempeñar dicho cargo es el señor Efrén Zúñiga Pérez (folios 14, 15 y 23 vuelto).

II.- Examen de fondo: 1) Renuncia de la señora Irene Picado Arias como concejal suplente: El artículo 56 del Código Municipal regula el tema de la renuncia y sustitución de los concejales de distrito, estableciendo que:

“Para ser miembro de un Concejo de Distrito se deben reunir los mismos requisitos señalados en el artículo 22 del código para ser regidor municipal, excepto el referente a la vecindad que, en este caso, deberá ser el distrito correspondiente. En cualquier momento, los miembros de los Concejos de Distrito podrán renunciar a sus cargos; en tal caso, corresponderá al Tribunal Supremo de Elecciones reponer a los propietarios cesantes en el cargo, con los suplentes del mismo partido político, siguiendo el orden de elección”.

En el presente caso, dado que la señora Irene Picado Arias renunció voluntariamente a su cargo como concejal suplente del distrito Venado, cantón San Carlos, y que su renuncia fue conocida por el Concejo Municipal de ese cantón, lo que procede es cancelar su credencial y designar a quien corresponda.

III.- Sobre la sustitución de la vacante que deja la señora Picado Arias: Al cancelarse la credencial de la señora Irene Picado Arias se produce una vacante entre los concejales suplentes del Concejo de Distrito Venado que es necesario suplir según las reglas que determinaron la elección.

El artículo 208 párrafo segundo del Código Electoral regula la sustitución de diputados, regidores o concejales de distrito ante circunstancias de fallecimiento, renuncia o incapacidad de éstos para ejercer el cargo, y establece que el Tribunal Supremo de Elecciones “dispondrá la sustitución llamando a ejercer el cargo, por el resto del período constitucional, a quien en la misma lista obtuvo más votos o a quien siga en la misma lista, según corresponda”. En consecuencia, este Tribunal sustituirá a los concejales suplentes que deban cesar en sus funciones con los candidatos de la misma naturaleza (concejales suplentes) que sigan en la lista del partido político del servidor cesante, que no hayan resultado electos ni hayan sido designados para desempeñar el cargo.

Así las cosas, al haber tenido por probado en autos que quien sigue en la nómina del Partido Liberación Nacional, que no resultó electo ni ha sido designado por este Tribunal para desempeñar el cargo de concejal suplente del distrito Venado, cantón San Carlos, es el señor Efrén Zúñiga Pérez, se le designa para ocupar dicho cargo. El señor Zúñiga Pérez deberá ser juramentado como concejal suplente para que integre el citado concejo de distrito a la mayor brevedad. La presente designación lo será por el período que va desde su juramentación hasta el treinta de abril de dos mil dieciséis.

IV.- Dimisión de la señora Lucía Pichardo Murillo: La señora Lucía Pichardo Murillo fue propuesta por el Partido Liberación Nacional como candidata a concejal propietaria en el segundo lugar para el Concejo de Distrito Venado. No obstante, si bien no fue electa como concejal en ese distrito, presentó su renuncia a la posibilidad de ser designada por este Tribunal como integrante de ese órgano colegiado. Por lo anterior, cobra relevancia lo dispuesto por este Tribunal en la resolución n.° 773-E11-2011 de las 11:20 horas del 28 de enero de 2011, de seguida letra:

“Aún y cuando, un candidato postulado a algún cargo de elección popular para los comicios celebrados el 05 de diciembre de 2010 no haya resultado electo, resulta relevante considerar su renuncia a la correspondiente candidatura toda vez que podría presentarse la circunstancia según la cual deba ser llamado a ejercer el cargo, en virtud de la cancelación de credenciales de aquéllos que le antecedieron en la lista del respectivo partido.”.

POR TANTO

Se cancela la credencial de concejal suplente del Concejo de Distrito de Venado, cantón San Carlos, provincia Alajuela, que ostenta la señora Irene Picado Arias. Para sustituir la vacante que deja la señora Picado Arias se designa al señor Efrén Zúñiga Pérez. La anterior designación rige a partir de la juramentación y hasta el treinta de abril de dos mil dieciséis, fecha en que finaliza el presente período legal. Se toma nota de la renuncia presentada por la señora Lucía Pichardo Murillo a su eventual designación como concejal del distrito Venado. Publíquese en el Diario Oficial. Notifíquese a las señoras Picado Arias y Pichardo Murillo según lo consignado a folio 9 del expediente, al señor Zúñiga Pérez en el Concejo Municipal de San Carlos y al Concejo Municipal de San Carlos.

Luis Antonio Sobrado González

Eugenia María Zamora Chavarría

Marisol Castro Dobles

Exp. 230-Z-2011

Cancelación credencial

Irene Picado Arias

Concejal suplente distrito de Venado, cantón San Carlos

JJGH/er.-