N.° 1548-M-2011.-TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES. San José, a las once horas cincuenta minutos del veintiuno de marzo de dos mil once.
Denuncia formulada por el señor Gerardo Jiménez Vásquez contra los regidores del Concejo Municipal de Palmares, provincia Alajuela y contra el señor Beltoni Mora Porras, quien desempeñó el cargo de Alcalde en ese cantón durante el período 2007-2011.
RESULTANDO
1. Mediante escrito presentado ante la Secretaría de este Tribunal el 10 marzo del 2011, el señor Gerardo Jiménez Vásquez formuló denuncia contra los regidores del Concejo Municipal de Palmares, provincia Alajuela y contra el señor Beltoni Mora Porras, quien desempeñó el cargo de Alcalde en ese cantón durante el período 2007-2011. Para fundamentar su gestión, señala que los funcionarios mencionados autorizaron a la “Asociación Cívica Palmareña” para realizar los “Festejos Palmares 2011”, inobservando con ello las disposiciones contenidas en la Ley 4286 sobre el “Nombramiento Comisiones de festejos populares” y los pronunciamientos C-183-2010 de la Procuraduría General de la República y DFOE-SM-1576 de la Contraloría General de la República, en perjuicio del erario municipal (folios 01 a 27).
2. En la substanciación de este proceso se han observado las prescripciones legales.
Redacta el Magistrado Esquivel Faerron, y,
CONSIDERANDO
I. Sobre la admisibilidad de la gestión formulada contra el señor Beltoni Mora Porras, quien desempeñó el cargo de Alcalde en el cantón Palmares durante el período 2007-2011. De conformidad con lo que establece el artículo 25 del Código Municipal, corresponde al Tribunal Supremo de Elecciones cancelar o declarar la nulidad de las credenciales conferidas a los alcaldes municipales, en cuyo caso el nombramiento del funcionario cesa para efectos jurídicos.
En el caso concreto, el nombramiento del señor Beltoni Mora Porras como alcalde municipal del cantón Palmares, concluyó el día 6 de febrero del presente año al finalizar el período legal para el cual fue elegido, con la inherente pérdida de la credencial que ostentaba. En virtud de lo expuesto, estas diligencias de cancelación de credenciales carecen de interés actual y lo que corresponde es ordenar el archivo en esta sede pues el sustrato que podía otorgar soporte jurídico al trámite ha fenecido. No obstante, esta declaratoria no incide en las diligencias que pueda realizar la Contraloría General de la República u otros órganos, de frente a la eventual determinación de otro tipo de responsabilidades derivadas de los hechos expuestos.
II. Sobre la procedencia de iniciar un procedimiento de cancelación de credenciales contra los regidores del Concejo Municipal de Palmares, provincia Alajuela por la afectación al Sistema de Control y Fiscalización Superior de la Hacienda Pública. En la especie, el denunciante señala que los funcionarios mencionados autorizaron a la “Asociación Cívica Palmareña” para realizar los “Festejos Palmares 2011”, inobservando con ello las disposiciones contenidas en la Ley 4286 sobre el “Nombramiento Comisiones de festejos populares” y los pronunciamientos C-183-2010 de la Procuraduría General de la República y DFOE-SM-1576 de la Contraloría General de la República, al autorizar que una persona jurídica privada asumiera funciones propias de la corporación municipal, en perjuicio del erario.
Tomando como base que, en la denuncia interpuesta, se acusan hechos que podrían infringir disposiciones vinculadas con las normas que integran el ordenamiento de control y fiscalización de la Hacienda Pública, al amparo de lo dispuesto en el artículo 259 del Código Electoral, lo procedente es comunicar los hechos denunciados a la Contraloría General de la República a fin de que, conforme a su competencia, se investigue el asunto y recomiende lo procedente. Este Tribunal quedará a la espera de un pronunciamiento del órgano contralor para, entonces, proceder como en derecho corresponda.
POR TANTO
Se ordena el archivo de las diligencias contra el señor Beltoni Mora Porras. Remítase copia del expediente a la Contraloría General de la República para que, conforme a sus competencias, investigue los hechos denunciados contra los regidores del Consejo Municipal de Palmares y recomiende lo procedente. Notifíquese.-
Luis Antonio Sobrado González
Eugenia María Zamora Chavarría
Max Alberto Esquivel Faerron
Exp. 179-E-2011
Cancelación de Credenciales
C/ Beltoni Mora Porras y otros de la Municipalidad de Palmares
MQC/er.-