N.º 1297-M-2011.-TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES. San José, a las trece horas veinte minutos del tres de marzo de dos mil once.

Diligencias de cancelación de credencial del señor William Adolfo Cerdas Garro, alcalde municipal del cantón El Guarco, por utilizar recursos públicos para fines electorales.

RESULTANDO

1.- Por sentencia 6193-E6-2010 de las 12:25 horas del 30 de septiembre de 2010, el Tribunal Supremo de Elecciones redireccionó la denuncia electoral formulada por el señor Leonardo Jiménez Campos en contra del señor William Adolfo Cerdas Garro, alcalde municipal del cantón El Guarco, por beligerancia política, de forma tal que se dispuso tramitarla como un procedimiento de cancelación de la credencial que ostentaba el señor Cerdas Garro, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 259 del Código Electoral. Asimismo, el Tribunal ordenó remitir a la Contraloría General de la República copia certificada del expediente, a efecto de que se evaluaran los hechos denunciados y se remitiera el pronunciamiento correspondiente (folios 56 a 60).

2.- Por oficio DFOE-DI-1834 del 22 de noviembre de 2010, el Área de Denuncias e Investigaciones de la División de Fiscalización Operativa y Evaluativa de la Contraloría General de la República informó a este Tribunal que se le trasladó al señor Oldemar Hernández Segura, auditor interno de la Municipalidad del cantón El Guarco, la denuncia formulada por el señor Leonardo Jiménez Campos, para que ese funcionario realizara la investigación respectiva en contra del señor William Cerdas Garro (folio 68).

3.- En el procedimiento se han observado las prescripciones legales.

Redacta el Magistrado Seing Jiménez; y,

CONSIDERANDO

Único. De conformidad con lo que establece el artículo 25 del Código Municipal, corresponde al Tribunal Supremo de Elecciones cancelar o declarar la nulidad de las credenciales conferidas a los alcaldes municipales. Por ello, es a partir del momento en que este órgano electoral declara la respectiva cancelación, que jurídicamente cesa el nombramiento del funcionario. En el caso concreto, el nombramiento del señor William Adolfo Cerdas Garro, como alcalde municipal del cantón El Guarco, concluyó el día 6 de febrero del año en curso al terminar el período legal para el cual resultó electo. En virtud de lo expuesto, estas diligencias de cancelación de credenciales carecen de interés actual y lo que corresponde es ordenar el archivo del expediente.

No obstante el archivo que se ordena, se advierte que éste no incide en las diligencias que realizan la Unidad de Auditoría Interna de la Municipalidad del cantón El Guarco y la Contraloría General de la República, de frente a la eventual determinación de otro tipo de responsabilidades derivadas de los hechos investigados.

POR TANTO

Se ordena el archivo de estas diligencias. Comuníquese a la Contraloría General de la República y a la Unidad de Auditoría Interna de la Municipalidad del cantón El Guarco. Notifíquese.-

Luis Antonio Sobrado González

Eugenia María Zamora Chavarría

Max Alberto Esquivel Faerron

Mario Seing Jiménez

Zetty Bou Valverde

Exp. 024-SJ-2010

Cancelación de credenciales

C/ El alcalde municipal del cantón El Guarco

ARL/er.-