N.° 3983-M-2011.-TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES. San José, a las catorce horas treinta minutos del veintiséis de julio de dos mil once.

Diligencias de cancelación de credenciales de miembro suplente del Concejo Municipal de Distrito de Cervantes, cantón Alvarado, provincia Cartago, que ostenta la señora María del Milagro Vega Camacho.
RESULTANDO
1.- Mediante oficio n.º SMC-113-2011 presentado ante la Secretaría de este Tribunal el 27 de junio de 2011, la señora Thais Araya Aguilar, Secretaria del Concejo Municipal de Distrito de Cervantes, comunica el acuerdo adoptado por ese concejo, en el artículo n.º 1, Capítulo III, de la sesión ordinaria n.º 12 del 22 de marzo del 2011, en el que conoció la renuncia de la señora María del Milagro Vega Camacho al cargo de concejal suplente del distrito Cervantes, cantón Alvarado, provincia Cartago (folios 1 al 3).
2.- En el procedimiento no se observan defectos que causen nulidad o indefensión.
Redacta la Magistrada Zamora Chavarría; y,
CONSIDERANDO
I.- Hechos probados: Como tales y de relevancia para la resolución del presente asunto se tienen los siguientes: a) que la señora María del Milagro Vega Camacho es miembro suplente del Concejo Municipal de Distrito de Cervantes, cantón Alvarado, provincia Cartago, según consta en la “Declaratoria de Elección de Intendentes, síndicos propietarios y suplentes y miembros propietarios y suplentes de los Concejos Municipales de Distrito correspondientes a los distritos Peñas Blancas, Tucurrique, Cervantes, Colorado, Lepanto, Paquera, Monte Verde y Cóbano, para el período legal comprendido entre el siete de febrero de dos mil once y el treinta de abril de dos mil dieciséis” (resolución n.° 746-E11-2011 de las 13:00 horas del 24 de enero de 2011 visible a folios 5 al 13 del expediente); b) que la señora Vega Camacho fue propuesta por el partido Unión Agrícola Cartaginés (véase nómina de candidatos a folio 4); c) que el Concejo Municipal de Distrito de Cervantes conoció de la renuncia presentada por la señora Vega Camacho en el artículo n.º 1, Capítulo III, de la sesión ordinaria n.º 12 del 22 de marzo del 2011 (folios 1 al 3); d) que el candidato a concejal suplente que sigue en la nómina del partido Unión Agrícola Cartaginés que no resultó electo ni ha sido designado por este Tribunal para completar el número de miembros suplentes de ese Concejo Municipal de Distrito es el señor Luis Fernando Orozco Brenes (nómina de candidatos e integración del Concejo Municipal de Distrito de Cervantes visibles a folios 4 y 14 del expediente).
II.- Sobre la renuncia de la señora María del Milagro Vega Camacho como concejal municipal suplente: La Ley General de Concejos Municipales de Distrito regula el tema de la renuncia y sustitución de los concejales municipales de distrito así como la normativa aplicable a sus integrantes. De esta manera el artículo 6° de ese cuerpo legal establece:
“Los concejos municipales de distrito estarán integrados, como órganos colegiados, por cinco concejales propietarios y sus respectivos suplentes, todos vecinos del distrito; serán elegidos popularmente en la misma fecha de elección de los síndicos y por igual período. Asimismo, tanto los concejales propietarios como los suplentes se regirán bajo las mismas condiciones y tendrán iguales deberes y atribuciones que los regidores municipales. Uno de los miembros será el síndico propietario del distrito, quien presidirá y será sustituido por el síndico suplente. En ausencia del síndico propietario y del suplente, el concejo será presidido por el miembro propietario de mayor edad.”.
Los concejales devengarán dietas por sesión cuyos montos no sean superiores a los contemplados para los regidores en el Código Municipal.”.
En el presente caso, dado que la señora María del Milagro Vega Camacho renunció voluntariamente a su cargo como miembro suplente del Concejo Municipal de Distrito de Cervantes, cantón Alvarado, y que su renuncia fue conocida por ese concejo municipal, lo que procede es cancelar su credencial y designar a quien corresponda.
III.- Sobre la sustitución de la vacante que deja la señora Vega Camacho: Al cancelarse la credencial de la señora María del Milagro Vega Camacho se produce una vacante entre los miembros suplentes del concejo municipal de distrito ya mencionado que es necesario suplir según las reglas que determinaron la elección. Como ha indicado reiteradamente este Tribunal, el párrafo segundo del artículo 208 del Código Electoral regula la sustitución de los funcionarios municipales de elección popular (dentro de los que se incluyen los concejales municipales de distrito) ante circunstancias de fallecimiento, renuncia o incapacidad de éstos para ejercer el cargo, y establece que el Tribunal Supremo de Elecciones “dispondrá la sustitución llamando a ejercer el cargo, por el resto del período constitucional, a quien en la misma lista obtuvo más votos o a quien siga en la misma lista, según corresponda”. En consecuencia, este Tribunal sustituirá a los concejales municipales suplentes que deban cesar en sus funciones con los candidatos de la misma naturaleza (concejales municipales suplentes) que sigan en la lista del partido político del servidor cesante, que no hayan resultado electos ni hayan sido designados para desempeñar el cargo.
Así las cosas, al haber tenido por probado en autos que, el candidato que sigue en la nómina del partido Unión Agrícola Cartaginés, que no resultó electo ni ha sido designado por este Tribunal para desempeñar el cargo de concejal municipal suplente del distrito Cervantes, cantón Alvarado, es el señor Luis Fernando Orozco Brenes, se le designa para ocupar dicho cargo. El señor Orozco Brenes deberá ser juramentado para que integre el citado concejo municipal de distrito a la mayor brevedad. La presente designación lo será por el período que va desde su juramentación hasta el treinta de abril de dos mil dieciséis.
POR TANTO
Se cancela la credencial de miembro suplente del Concejo Municipal de Distrito de Cervantes, cantón Alvarado, provincia Cartago, que ostenta la señora María del Milagro Vega Camacho. Para sustituir la vacante se designa al señor Luis Fernando Orozco Brenes. La anterior designación rige a partir de la juramentación y hasta el treinta de abril de dos mil dieciséis, fecha en que finaliza el presente período legal. Publíquese en el Diario Oficial. Notifíquese a la señora Vega Camacho, al señor Orozco Brenes y al Concejo Municipal de Distrito de Cervantes.

 

Luis Antonio Sobrado González

Eugenia María Zamora Chavarría

Max Alberto Esquivel Faerron 

                               

 

Exp. 283-Z-2011

Cancelación Credencial
María del Milagro Vega Camacho
Miembro suplente del Concejo
Municipal de Distrito de Cervantes
Wagner/er.-