N.° 5862-M-2020.- TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES. San José, a las nueve horas del dos de noviembre de dos mil veinte.

 

Diligencias de cancelación de credenciales de concejal suplente del Concejo de Distrito de Uruca, cantón San José, provincia San José, que ostentaba el señor Claudio Alberto Peñaranda Sánchez.

 

RESULTANDO

1.- Por oficio n.° DSM-318-2020 del 28 de octubre de 2020, recibido en la Secretaría de este Tribunal el día siguiente, la señora Ileana Acuña Jarquín, secretaria del Concejo Municipal de San José, comunicó el fallecimiento del señor Claudio Alberto Peñaranda Sánchez, concejal suplente del distrito Uruca (folio 3).

  2.- En el procedimiento se han observado las prescripciones de ley.

Redacta la Magistrada Zamora Chavarría; y,

CONSIDERANDO

I.- Hechos probados. De interés para la resolución del presente asunto se tienen, como debidamente acreditados, los siguientes: a) que el señor Claudio Alberto Peñaranda Sánchez, cédula de identidad n.° 1-0400-0109, fue electo concejal suplente del distrito Uruca, cantón San José, provincia San José (ver resolución n.° 1738-E11-2020 de las 14:00 horas del 10 de marzo de 2020, folios 7 a 13); b) que el señor Peñaranda Sánchez fue propuesto, en su momento, por el partido Liberación Nacional (PLN) (folios 5 y 6); c) que el señor Peñaranda Sánchez falleció el 18 de octubre de 2020 (folio 4); y, d) que el señor Minor González Pérez, cédula de identidad n.º 1-0479-0364, es el candidato que sigue en la nómina de concejales suplentes del PLN, que no resultó electo ni ha sido designado por este Tribunal para ejercer tal cargo (folios 6, 12, 14 y 15).

II.- Sobre el deceso del señor Peñaranda Sánchez. En virtud de que en autos se encuentra acreditado que el señor Claudio Alberto Peñaranda Sánchez, concejal suplente del distrito Uruca, falleció el 18 de octubre de 2020, lo procedente es, ante su deceso, cancelar su credencial, como en efecto se dispone.

III.- Sobre la sustitución del señor Peñaranda Sánchez. Al cancelarse la credencial del señor Claudio Alberto Peñaranda Sánchez se produce -de entre los concejales suplentes del PLN en el Concejo de Distrito de Uruca- una vacante que es necesario suplir conforme lo establece el párrafo segundo del artículo 208 del Código Electoral, sea: “…llamando a ejercer el cargo, por el resto del período constitucional, a quien (…) siga en la misma lista, según corresponda”.

Por ello, al haberse acreditado que el candidato que sigue en la nómina de la citada agrupación política, que no resultó electo ni ha sido designado por este Tribunal para desempeñar el cargo es el señor señor Minor González Pérez, cédula de identidad n.º 1-0479-0364, se le designa como concejal suplente del distrito Uruca, cantón San José, provincia San José. La presente designación lo será por el período que va desde su juramentación hasta el treinta de abril de dos mil veinticuatro.

POR TANTO

Se cancela la credencial de concejal suplente del distrito Uruca, cantón San José, provincia San José, que ostentaba el señor Claudio Alberto Peñaranda Sánchez. En su lugar, se designa al señor Minor González Pérez, cédula de identidad n.º 1-0479-0364, quien pasará a ocupar el último lugar de entre los miembros de su fracción política. Esta designación rige a partir de la juramentación y hasta el 30 de abril de 2024. Notifíquese al señor González Pérez, al Concejo Municipal de San José y al Concejo de Distrito de Uruca. Publíquese en el Diario Oficial.

Luis Antonio Sobrado González

Eugenia María Zamora Chavarría    Max Alberto Esquivel Faerron

 

 

 

 

Exp. n.º 263-2020

ACT/smz.-