N.° 2736-M-2020.- TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES. San José a las diez horas del diecinueve de mayo de dos mil veinte.

Recurso de reconsideración interpuesto por el señor Luis Carlos Villalobos Monestel contra la resolución de la Sección Especializada del Tribunal Supremo de Elecciones n.° 2720-M-SE-2019 de las 10:00 horas del 24 de abril de 2019.

RESULTANDO

  1. Mediante oficio n.° MLU-URDT-168-2019 del 18 de marzo de 2019, presentado en la Secretaría General de este Tribunal el día 20 siguiente, el señor Luis Carlos Villalobos Monestel, entonces Alcalde del cantón La Unión, provincia Cartago, solicitó la cancelación de la credencial de la señora María Haydee Rojas Astorga, vicealcaldesa primera en ese momento, por presuntas ausencias injustificadas (folios 1 a 4).
  2. Por resolución n.° 2720-M-SE-2019 de las 10:00 horas del 24 de abril de 2019, la Sección Especializada del Tribunal Supremo de Elecciones rechazó -por el fondo- la denuncia presentada (folios 33 y 34).
  3. En escrito del 07 de mayo de 2019, presentado ante la Secretaría General ese mismo día, el señor Villalobos Monestel interpuso recurso de reconsideración contra la sentencia n.° 2720-M-SE-2019 (folios 38 a 40).
  4. Mediante resolución n.° 3055-M-SE-2019 de las 10:10 horas del 10 de mayo de 2019, la Sección Especializada admitió el recurso de reconsideración interpuesto y lo remitió a conocimiento de este Pleno propietario para su resolución (folios 41 y 42).
  5. Por auto de las 09:15 horas del 05 de agosto de 2019, el Magistrado Presidente returnó el expediente a conocimiento de la Magistrada Retana Chinchilla (folio 46).
  6. En auto de las 12:25 horas del 04 de mayo de 2020, el Magistrado Presidente returnó el expediente a conocimiento del Magistrado Esquivel Faerron (folio 50).
  7. En el procedimiento se han observado las prescripciones de ley.

Redacta el Magistrado Esquivel Faerron; y,

  1. CONSIDERANDO

ÚNICO. En razón de que la señora Rojas Astorga no ostenta -a la fecha- la condición de funcionaria municipal de elección popular, puesto que el período legal para el que fue electa como vicealcaldesa primera de La Unión venció el pasado 30 de abril de 2020 (folios 53 y 54), carece de interés actual continuar con las presentes diligencias.

De esa suerte, se ordena el archivo del presente expediente.

POR TANTO

Archívense las presentes diligencias. Notifíquese al señor Villalobos Monestel.

Luis Antonio Sobrado González

 

Eugenia María Zamora Chavarría                         Max Alberto Esquivel Faerron

Exp. 173-2019

Cancelación de credenciales

Luis Carlos Villalobos Monestel

C/ María Haydee Rojas Astorga

MQC/pnq.-