N.° 5472-M-2020.-TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES. San José a las diez horas del seis de octubre de dos mil veinte.
Diligencias de cancelación de credenciales de concejal propietaria del distrito Río Cuarto, cantón Río Cuarto, provincia Alajuela, que ostenta la señora Grettel Viviana Bolaños Chaves.
RESULTANDO
1.- La señora Sonia Cascante Retana, secretaria del Concejo Municipal de Río Cuarto, en oficio n.º OF-CM-041-2020 del 24 de agosto de 2020, recibido en la oficina regional de estos Organismos Electorales en San Carlos el 21 de setiembre de ese año, informó que el citado gobierno local, en la sesión n.º 15 del 27 de julio del año en curso, conoció la renuncia de la señora Grettel Viviana Arce Guevara, concejal propietaria del distrito Río Cuarto. Junto con esa comunicación, se envió el original de la carta de renuncia de la interesada (folios 3, 5 y 6).
2.- En el procedimiento se han observado las prescripciones de ley.
Redacta el Magistrado Esquivel Faerron; y,
CONSIDERANDO
I.- Hechos probados. De interés para la resolución del presente asunto se tienen, como debidamente acreditados, los siguientes: a) que la señora Grettel Viviana Bolaños Chaves, cédula de identidad n.° 4-0190-0050, fue electa concejal propietaria del distrito Río Cuarto, cantón Río Cuarto, provincia Alajuela (ver resolución n.º 1815-E11-2020 de las 11:45 horas del 11 de marzo de 2020, folios 19 a 21); b) que la señora Bolaños Chaves fue propuesta, en su momento, por el partido Liberación Nacional (PLN) (folio 18); c) que la señora Bolaños Chaves renunció a su cargo (folios 5 y 6); d) que el Concejo Municipal de Río Cuarto, en la sesión ordinaria n.º 15 del 27 de julio de 2020, conoció la renuncia de la señora Bolaños Chaves (folio 3); y, e) que la candidata a concejal propietaria del citado distrito, propuesta por el PLN, que no resultó electa ni ha sido designada por este Tribunal para desempeñar tal cargo, es la señora Yerlin Rojas Badilla, cédula de identidad n.º 2-0591-0306 (folios 18, 20, 22 y 24).
II.- Sobre la renuncia formulada por la señora Bolaños Chaves. El artículo 56 del Código Municipal estipula que, en cualquier momento, los miembros de los Concejos de Distrito podrán renunciar a sus cargos y que corresponderá a este Tribunal realizar la sustitución.
Ante la renuncia de la señora Grettel Viviana Bolaños Chaves a su cargo de concejal propietaria del Concejo de Distrito de Río Cuarto, cantón Río Cuarto, provincia Alajuela, lo que corresponde es cancelar su credencial y, según lo que establece el artículo 208 del Código Electoral, sustituir el puesto vacante con el candidato que sigue en la lista de propietarios que no resultó electo ni ha sido designado por este Tribunal para ejercer ese cargo.
III.- Sobre la sustitución de la señora Bolaños Chaves. En el presente caso, al haberse tenido por probado que la candidata que sigue en la nómina del PLN, que no resultó electa ni ha sido designada por este Tribunal para desempeñar el cargo, es la señora Yerlin Rojas Badilla, cédula de identidad n.º 2-0591-0306, se le designa como concejal propietaria del distrito Río Cuarto, cantón Río Cuarto, provincia Alajuela. La presente designación lo será por el período que va desde su juramentación hasta el treinta de abril de dos mil veinticuatro.
POR TANTO
Se cancela la credencial de concejal propietaria del Concejo de Distrito de Río Cuarto, cantón Río Cuarto, provincia Alajuela, que ostenta la señora Grettel Viviana Bolaños Chaves. En su lugar, se designa a la señora Yerlin Rojas Badilla, cédula de identidad n.º 2-0591-0306. La presente designación rige a partir de su juramentación y hasta el treinta de abril de dos mil veinticuatro. Notifíquese a los señores Bolaños Chaves y Rojas Badilla, al Concejo Municipal de Río Cuarto y al Concejo de Distrito de Río Cuarto. Publíquese en el Diario Oficial.
Luis Antonio Sobrado González
Eugenia María Zamora Chavarría Max Alberto Esquivel Faerron
Exp. n.° 242-2020
ACT/pnq.-