N.° 6219-M-2020.-TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES. San José a las diez horas diez minutos del veintiséis de noviembre de dos mil veinte.

Diligencias de cancelación de credenciales de concejal propietario del distrito San Nicolás, cantón Cartago, provincia Cartago, que ostenta el señor Rafael Chaves Cascante.

RESULTANDO
1.- La señora Guisella Zúñiga Hernández, secretaria del Concejo Municipal de Cartago, por oficio del 18 de agosto de 2020, recibido en la Secretaría del Despacho el 24 de noviembre de ese año, comunicó que ese órgano, en la sesión ordinaria celebrada el 11 de agosto de 2020, conoció la renuncia del señor Rafael Chaves Cascante a su cargo de concejal propietario del distrito San Nicolás. Junto con esa misiva, se recibió copia certificada de la carta de dimisión del interesado (folios 1 y 2).
2.- En el procedimiento se han observado las prescripciones de ley.
Redacta el Magistrado Sobrado González; y,
CONSIDERANDO
I.- Hechos probados. De interés para la resolución del presente asunto se tienen, como debidamente acreditados, los siguientes: a) que el señor Rafael Chaves Cascante, cédula de identidad n.° 2-0298-0902, fue electo concejal propietario del distrito San Nicolás, cantón Cartago, provincia Cartago (ver resolución n.º 1817-E11-2020 de las 10:00 horas del 12 de marzo de 2020, folios 5 a 11); b) que el señor Chaves Cascante fue propuesto, en su momento, por el partido Acción Ciudadana (PAC) (folios 3 y 4); c) que el señor Chaves Cascante renunció a su cargo (folio 2);    d) que el Concejo Municipal de Cartago, en la sesión ordinaria del 11 de agosto de 2020, conoció de la citada dimisión (folio 1); y, e) que la candidata a concejal propietaria del citado distrito, propuesta por el PAC, que no resultó electa ni ha sido designada por este Tribunal para desempeñar tal cargo, es la señora Paula Melissa Quirós Tencio, cédula de identidad n.º 3-0369-0336 (folios 3 vuelto, 9, 12 y 14).  
II.- Sobre la renuncia formulada por el señor Chaves Cascante.El artículo 56 del Código Municipal estipula que, en cualquier momento, los miembros de los Concejos de Distrito podrán renunciar a sus cargos y que corresponderá a este Tribunal realizar la sustitución.
Ante la renuncia del señor Rafael Chaves Cascante a su cargo de concejal propietario del Concejo de Distrito de San Nicolás, cantón Cartago, provincia Cartago, lo que corresponde es cancelar su credencial y, según lo que establece el artículo 208 del Código Electoral, sustituir el puesto vacante con el candidato que sigue en la lista de propietarios que no resultó electo ni ha sido designado por este Tribunal para ejercer ese cargo.
III.- Sobre la sustitución del señor Chaves Cascante. En el presente caso, al haberse tenido por probado que la candidata que sigue en la nómina del PAC, que no resultó electa ni ha sido designada por este Tribunal para desempeñar el cargo, es la señora Paula Melissa Quirós Tencio, cédula de identidad n.º 3-0369-0336, se le designa como concejal propietaria del distrito San Nicolás, cantón Cartago, provincia Cartago. La presente designación lo será por el período que va desde su juramentación hasta el treinta de abril de dos mil veinticuatro.
POR TANTO
Se cancela la credencial de concejal propietario del Concejo de Distrito de San Nicolás, cantón Cartago, provincia Cartago, que ostenta el señor Rafael Chaves Cascante. En su lugar, se designa a la señora Paula Melissa Quirós Tencio, cédula de identidad n.º 3-0369-0336. La presente designación rige a partir de su juramentación y hasta el treinta de abril de dos mil veinticuatro. Notifíquese a los señores Chaves Cascante y Quirós Tencio, al Concejo Municipal de Cartago y al Concejo de Distrito de San Nicolás. Publíquese en el Diario Oficial.

 

Luis Antonio Sobrado González

Eugenia María Zamora Chavarría                              Max Alberto Esquivel Faerron

Exp. n.° 284-2020
ACT/smz.-