N.° 3840-M-2020.-TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES. San José a las diez horas cincuenta y cinco minutos del dieciséis de julio de dos mil veinte.


Diligencias de cancelación de credenciales de concejal suplente del distrito Uruca, cantón Santa Ana, provincia San José, que ostenta la señora Auris Elena Quirós Méndez.


RESULTANDO

1.- La señora Auris Elena Arce Guevera, cédula de identidad n.º 1-1486-0513, por nota del 20 de marzo de 2020, recibida en la Secretaría del Despacho el 2 de julio de ese año, renunció a su cargo de concejal suplente del distrito Uruca, cantón Santa Ana, provincia San José (folio 1).

2.- El Despacho Instructor, por auto de las 9:55 horas del 3 de julio de 2020, puso en conocimiento del Concejo Municipal de Santa Ana la citada renuncia para que, en un plazo de ocho días hábiles, manifestara lo que estimara conveniente. De no pronunciarse en el lapso otorgado, se hizo ver a las autoridades locales que se prescindiría de su criterio (folio 13).

3.- En el procedimiento se han observado las prescripciones de ley.

       Redacta el Magistrado Sobrado González; y,

CONSIDERANDO

I.- Hechos probados. De interés para la resolución del presente asunto se tienen, como debidamente acreditados, los siguientes: a) que la señora Auris Elena Quirós Méndez, cédula de identidad n.° 1-1486-0513, fue electa concejal suplente del distrito Uruca, cantón Santa Ana, provincia San José (ver resolución n.º 1746-E11-2020 de las 14:40 horas del 10 de marzo de 2020, folios 5 a 8); b) que la señora Quirós Méndez fue propuesta, en su momento, por el partido Del Sol (PDS) (folios 3 y 4 ); c) que la señora Quirós Méndez renunció a su cargo (folio 1); d) que, pese a ser notificado de este proceso, el Concejo Municipal de Santa Ana no se pronunció acerca de la renuncia de la señora Quirós Méndez (folios 13 a 15); y, e) que el candidato a concejal suplente del citado distrito, propuesto por el PDS, que no resultó electo ni ha sido designado por este Tribunal para desempeñar tal cargo, es el señor Randy José Chaves Rodríguez, cédula de identidad n.º 1-0949-0326 (folios 3 vuelto, 7 vuelto, 9 y 10).  

II.- Sobre la renuncia formulada por la señora Quirós Méndez. El artículo 56 del Código Municipal estipula que, en cualquier momento, los miembros de los Concejos de Distrito podrán renunciar a sus cargos y que corresponderá a este Tribunal realizar la sustitución.

Ante la renuncia de la señora Auris Elena Quirós Méndez a su cargo de concejal suplente del Concejo de Distrito de Uruca, cantón Santa Ana, provincia San José, lo que corresponde es cancelar su credencial y, según lo que establece el artículo 208 del Código Electoral, sustituir el puesto vacante con el candidato que sigue en la lista de suplentes que no resultó electo ni ha sido designado por este Tribunal para ejercer ese cargo.

III.- Sobre la sustitución de la señora Quirós Méndez. En el presente caso, al haberse tenido por probado que el candidato que sigue en la nómina del PDS, que no resultó electo ni ha sido designado por este Tribunal para desempeñar el cargo, es el señor Randy José Chaves Rodríguez, cédula de identidad n.º 1-0949-0326, se le designa como concejal suplente del distrito Uruca, cantón Santa Ana, provincia San José. La presente designación lo será por el período que va desde su juramentación hasta el treinta de abril de dos mil veinticuatro.

POR TANTO

Se cancela la credencial de concejal suplente del Concejo de Distrito de Uruca, cantón Santa Ana, provincia San José, que ostenta la señora Auris Elena Quirós Méndez. En su lugar, se designa al señor Randy José Chaves Rodríguez, cédula de identidad n.º 1-0949-0326. La presente designación rige a partir de su juramentación y hasta el treinta de abril de dos mil veinticuatro. Notifíquese a los señores Quirós Méndez y Chaves Rodríguez, al Concejo Municipal de Santa Ana y al Concejo de Distrito de Uruca. Publíquese en el Diario Oficial.

Luis Antonio Sobrado González

 

Eugenia María Zamora Chavarría                              Max Alberto Esquivel Faerron


Exp. n.° 194-2020

ACT/pnq.-