N.º 2726-M-2020.-TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES. San José, a las nueve horas cuarenta minutos del dieciocho de mayo de dos mil veinte.

Recurso de reconsideración interpuesto por los señores Jorge Calvo Villarreal, Jeffry José Pritchard Sharpe y la señora Dasaeth de los Ángeles Chaves Vindas, contra la resolución de la Sección Especializada del Tribunal Supremo de Elecciones n.° 1386-M-SE-2019 de las 12:30 horas del 15 de febrero de 2019.

RESULTANDO

1.- Por oficio n° 09366 (DFOE-DI-1232) del 18 de agosto de 2017, recibido en la Secretaría General del Despacho el 21 de agosto de 2017, la División de Fiscalización Operativa y Evaluativa de la Contraloría General de la República, remitió copia de la denuncia formulada por los señores Rafael Ortiz Fábrega y Mario Alberto Hidalgo Carmona contra los señores Jorge Arturo Calvo Villarreal, Jeffry José Pritchard Sharpe, Dasaeth de los Ángeles Chaves Vindas y Ana María Smith Barton, por el presunto ejercicio simultáneo de cargos incompatibles, al desempeñarse como funcionarios de la Municipalidad de Limón y en cargos de elección popular de esa mismo gobierno local (folios 1 a 18).

2.- En auto de las 10:25 horas del 27 de octubre de 2017, la Sección Especializada de este Tribunal ordenó la apertura del procedimiento administrativo ordinario (folio 28).

3.- En oficio n.° IE-612-2018 del 29 de agosto de 2018, recibido el mismo día en la Secretaría de este Tribunal, la Inspección Electoral remitió a la Sección Especializada el informe final del procedimiento realizado (folios 155 a 161).

4.- La Sección Especializada, por resolución n.° 1386-M-SE-2019 de las 12:30 horas del 15 de febrero de 2019, declaró con lugar la denuncia interpuesta y ordenó la cancelación de las credenciales de los citados regidores. Asimismo, rechazó la solicitud de cancelación de credenciales formulada contra la señora Smith Barton y ordenó el archivo del asunto (folios 206 a 212).

5.- En escritos recibidos -vía fax- el 1.° de marzo de 2019 en la Secretaría General de este Tribunal, cuyos originales fueron presentados ese mismo día en la Oficina Regional de Limón, los investigados interpusieron recurso de reconsideración contra la referida resolución n.° 1386-M-SE-2019 (folios 220 a 225 y 237 a 249)..

6.- Por resolución n.° 1863-M-SE-2019 de las 11:00 horas del 6 de marzo de 2019, la Sección Especializada admitió el recurso interpuesto y lo elevó para conocimiento de este Tribunal (folio 270 y 271).

7.- En resolución de las 13:40 horas del 28 de octubre de 2019, este Tribunal, dispuso suspender el conocimiento del recurso de reconsideración, hasta que la Sala Constitucional resolviera la acción de inconstitucionalidad formulada contra los artículos 1, 10, 11 y 14 del Reglamento de la Sección Especializada del Tribunal Supremo de Elecciones, toda vez que el pronunciamiento de la Sala Constitucional sobre el particular podría incidir en lo que, en definitiva, resolviera este Pleno (folio 314).

8.- En el procedimiento se ha observado las prescripciones de ley.

Redacta el Magistrado Sobrado González; y,

CONSIDERANDO

ÚNICO. En razón de que los señores Jorge Arturo Calvo Villareal, Jeffry José Pritchard Sharpe y la señora Dasaeth de los Ángeles Chaves Vindas a la fecha no ostentan la condición de funcionarios municipales de elección popular, puesto que el período legal para el que fueron electos como regidores (propietario el primero y suplentes los últimos) de la Municipalidad de Limón venció el pasado 30 de abril de 2020 (folio 323), carece de interés actual continuar con las presentes diligencias.

De esa suerte, se ordena el archivo del presente expediente.

POR TANTO

Archívense las presentes diligencias. Notifíquese a los señores Calvo Villareal, Pritchard Sharpe y Chaves Vindas y al denunciante Mario Alberto Hidalgo Carmona.

Luis Antonio Sobrado González

 

Eugenia María Zamora Chavarría                              Max Alberto Esquivel Faerron


Exp. N° 094-2019

Recurso de reconsideración

C/ Res. n° 1386-M-SE-2019

JLRS/pnq.-