N.° 4502-M-2021.-TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES. San José a las nueve horas del nueve de setiembre de dos mil vientiuno.

 

Diligencias de cancelación de credenciales de concejal propietario del distrito Las Horquetas, cantón Sarapiquí, provincia Heredia, que ostenta el señor Junior Antonio Araya Rodríguez.

 

RESULTANDO

1.- La señora Tatiana Duarte Gamboa, secretaria del Concejo Municipal de Sarapiquí, en oficio n.º SCM 115-2021 del 3 de junio de 2021, informó que ese órgano, en la sesión ordinaria n.º 22-2020-2024 del 28 de setiembre de 2020, había conocido la renuncia del señor Junior Antonio Araya Rodríguez, concejal propietario del distrito Las Horquetas (folio 1).

2.- El 7 de setiembre de 2021, se recibió copia certificada digitalmente de la carta de dimisión del señor Araya Rodríguez (folio 3)

3.- En el procedimiento se han observado las prescripciones de ley.

          Redacta el Magistrado Picado León; y,

CONSIDERANDO

I.- Hechos probados. De interés para la resolución del presente asunto se tienen, como debidamente acreditados, los siguientes: a) que el señor Junior Antonio Araya Rodríguez, cédula de identidad n.º 7-0159-0853, fue electo concejal propietario del distrito Las Horquetas, cantón Sarapiquí, provincia Heredia (ver resolución                      n.º 1867-E11-2020 de las 14:45 horas del 12 de marzo de 2020, folios 5 a 8); b) que el señor Araya Rodríguez fue propuesto, en su momento, por el partido Liberación Nacional (PLN) (folio 4); c) que el señor Araya Rodríguez renunció a su cargo (folio 3); d) que el Concejo Municipal de Sarapiquí, en la sesión ordinaria n.º 22-2020-2024 del 28 de setiembre de 2020, conoció la renuncia del señor Junior Antonio Araya Rodríguez (folio 1); y, e) que la señora Geovanna Carolina Trejos Núñez, cédula de identidad n.º 7-0217-0166, es la candidata a concejal propietaria, propuesta por el PLN, que no resultó electa ni ha sido designada por este Tribunal para desempeñar ese puesto (folio 4, 7, 9 y 11).

II.- Sobre la renuncia formulada por el señor Araya Rodríguez. El artículo 56 del Código Municipal estipula que, en cualquier momento, los miembros de los Concejos de Distrito podrán renunciar a sus cargos y que corresponderá a este Tribunal realizar la sustitución.

Ante la renuncia del señor Junior Antonio Araya Rodríguez a su cargo de concejal propietario del Concejo de Distrito de Las Horquetas, cantón Sarapiquí, provincia Heredia, lo que corresponde es cancelar su credencial y, según lo que establece el artículo 208 del Código Electoral, sustituir los puestos vacantes.

III.- Sobre la sustitución del señor Araya Rodríguez. Al cancelarse la credencial del señor Junior Antonio Araya Rodríguez se produce una vacante que es necesario suplir, con el siguiente candidato no electo de la nómina propuesta por el PLN para las concejalías propietarias de Las Horquetas (artículo 208 del Código Electoral).

Por tal motivo y siendo que la señora Geovanna Carolina Trejos Núñez, cédula de identidad n.º 7-0217-0166, es quien se encuentra en tal supuesto, se le designa como concejal propietaria del referido distrito. Esta designación rige a partir de su juramentación y hasta el 30 de abril de 2024.

 

 

POR TANTO

Se cancela la credencial de concejal propietario del Concejo de Distrito de Las Horquetas, cantón Sarapiquí, provincia Heredia, que ostenta el señor Junior Antonio Araya Rodríguez. En su lugar, se designa a la señora Geovanna Carolina Trejos Núñez, cédula de identidad n.º 7-0217-0166. Esta designación rige a partir de su juramentación y hasta el treinta de abril de dos mil veinticuatro. Notifíquese a los señores Araya Rodríguez y Trejos Núñez, al Concejo Municipal de Sarapiquí y al Concejo de Distrito de Las Horquetas. Publíquese en el Diario Oficial.

 

 

 

Luis Antonio Sobrado González



Eugenia María Zamora Chavarría       Max Alberto Esquivel Faerron



Luz de los Ángeles Retana Chinchilla       Hugo Ernesto Picado León

 

 

 

 

 

 

 

 

Exp. n.° 195-2021

ACT/smz.-