N.° 1202-M-2021.-
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES. San José, a las nueve horas diez
minutos del veinticuatro de febrero del dos mil veintiuno.
Diligencias de cancelación de credenciales de concejales de
los Concejos de Distrito de Alajuela y de San José, provincia Alajuela.
1.- Por oficio n.° MA-SCM-306-2021 del
16 de febrero de 2021, recibido en la Secretaría de este Tribunal el 22 de esos
mismos mes y año, la señora María del Pilar Muñoz Alvarado, coordinadora del
subproceso secretaría del Concejo Municipal de Alajuela, comunicó el
fallecimiento de los señores Damaris Arroyo Marín (cédula de identidad n.º
2-0349-0483) y Carlos Gerardo Torres Méndez
(n.º 9-0054-0225), por su orden concejal propietaria y concejal suplente
de los distritos San José y Alajuela, respectivamente (folio 2).
2.- En el procedimiento se han
observado las prescripciones de ley.
Redacta
la Magistrada Retana Chinchilla; y,
I.- Hechos
probados. De interés para la resolución del
presente asunto se tienen, como debidamente acreditados, los siguientes: a) que
los señores Damaris Arroyo Marín y Carlos Gerardo Torres Méndez fueron electos
como concejal propietaria y concejal suplente de los distritos San José y
Alajuela, respectivamente (ver resolución n.° 1800-E11-2020 de las 10:30 horas
del 11 de marzo de 2020, folios 9 a 15); b)
que la señora Arroyo Marín falleció el 29 de noviembre de 2020 (folio 3); c) que el señor Torres Méndez murió el
13 de diciembre del año anterior (folio 4); d) que los señores Arroyo Marín y Torres Méndez fueron postulados,
en su momento, por el partido Unidad Social Cristiana (PUSC) (folios 5 y 6); e) que el señor Nezbeth Barrantes
Campos, cédula de identidad n.º 5-0242-0291, es el candidato que sigue en la
nómina de concejales propietarios del PUSC, que no resultó electo ni ha sido
designado por este Tribunal para ejercer tal cargo en el Concejo de
Distrito de San José (folios 5, 13, 17 y 22); y, f) que la candidata que sigue en la lista presentada por el PUSC
para competir por las concejalías suplentes del distrito Alajuela, que no
resultó electa ni designada por este Tribunal para ocupar ese tipo de puesto,
es la señora Karen Monge Trejos, cédula de identidad n.º 2-0624-0747 (folios 5,
12 vuelto, 13, 16 y 19).
II.- Sobre el deceso de los señores Arroyo Marín y Torres
Méndez. En
virtud de que en autos se encuentra acreditado que los señores Damaris Arroyo
Marín y Carlos Gerardo Torres Méndez fallecieron, respectivamente, el 29 de
noviembre de 2020 y el 13 de diciembre del año anterior, lo procedente es, ante
su deceso, cancelar sus credenciales de concejal propietaria de San José y de
concejal suplente de Alajuela, como en efecto se dispone.
III.- Sobre la
sustitución de la señora Arroyo Marín. Al cancelarse la credencial de la señora
Damaris Arroyo Marín se
produce -de entre los concejales propietarios del PUSC en el Concejo de Distrito de San José- una
vacante que es necesario suplir conforme lo establece el párrafo segundo del
artículo 208 del Código Electoral, sea: “…llamando a ejercer el cargo, por
el resto del período constitucional, a quien (…) siga en la misma lista, según corresponda”.
Por ello, al haberse
acreditado que el candidato que se encuentra en tal condición es el señor Nezbeth
Barrantes Campos, cédula de identidad n.º 5-0242-0291, se le designa como concejal propietario del citado distrito.
La presente designación lo será por el período que va desde su juramentación
hasta el treinta de abril de dos mil veinticuatro.
IV.- Sobre la
sustitución del señor Torres Méndez. En virtud de que la señora Karen Monge Trejos, cédula de
identidad n.º 2-0624-0747, es la candidata no electa que sigue en la nómina
presentada por el PUSC, para competir por las concejalías suplentes del
distrito Alajuela, se le designa como concejal suplente de la referida
circunscripción. La presente designación lo será por el período que va desde su
juramentación hasta el treinta de abril de dos mil veinticuatro.
POR
TANTO
Se cancelan las credenciales de concejales propietaria y
suplente que ostentaban los señores Damaris Arroyo Marín y Carlos Gerardo
Torres Méndez en los distritos San José y Alajuela, cantón Alajuela, provincia Alajuela.
Como concejal propietario del distrito San José, se designa al señor Nezbeth
Barrantes Campos, cédula de identidad n.º 5-0242-0291. En lugar del señor
Torres Méndez, se designa a la señora Karen Monge Trejos, cédula de identidad
n.º 2-0624-0747. Estas designaciones rigen a partir de la juramentación y hasta
el 30 de abril de 2024. Notifíquese a los señores Barrantes Campos y Monge
Trejos, al Concejo Municipal de Alajuela y a los Concejos de Distrito de San
José y de Alajuela. Publíquese en el Diario Oficial.
Luis
Antonio Sobrado González
Eugenia María Zamora Chavarría Max Alberto Esquivel Faerron
Luz de los Ángeles Retana Chinchilla Hugo Ernesto Picado León
Exp. n.º 057-2021
ACT/smz.-