N.° 3532-M-2021.-TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES. San José a las diez horas quince minutos del veinte de julio de dos mil veintiuno.
Diligencias de cancelación de credenciales de concejal propietaria del distrito Picagres, cantón Mora, provincia San José, que ostenta la señora Neidy Mayela Ramírez Chacón.
RESULTANDO
1.- El señor Andrés Sandí Solís, secretario del Concejo Municipal de Mora, en oficio n.º SCM-129-2020 (sic) del 16 de julio de 2021 (recibido en la Secretaría del Despacho ese día), comunicó que ese órgano, en la sesión ordinaria n.º 63-2021 del 12 de julio del año en curso, conoció la renuncia de la señora Neidy Mayela Ramírez Chacón, concejal propietaria del distrito Picagres. Junto con el acuerdo, se aportó la carta original de dimisión de la interesada (folios 1 a 4).
3.- En el procedimiento se han observado las
prescripciones de ley.
Redacta
el Magistrado Picado León; y,
CONSIDERANDO
I.- Hechos probados. De interés para la resolución del presente asunto se tienen, como debidamente acreditados, los siguientes: a) que la señora Neidy Mayela Ramírez Chacón, cédula de identidad número 1-1478-0206, fue electa concejal propietaria del distrito Picagres, cantón Mora, provincia San José (ver resolución n.º 1744-E11-2020 de las 14:30 horas del 10 de marzo de 2020, folios 6 a 9); b) que la señora Ramírez Chacón fue propuesta, en su momento, por el partido Nueva Generación (PNG) (folio 5); c) que la señora Ramírez Chacón renunció a su cargo (folio 4); d) que el Concejo Municipal de Mora, en la sesión ordinaria n.º 63-2021 del 12 de julio del año en curso, conoció la renuncia de la señora Neidy Mayela Ramírez Chacón (folios 2 y 3); y, e) que Deyanira Mora Elizondo, cédula de identidad n.º 1-0514-0550, es la candidata a concejal propietaria, propuesta por el PNG, que no resultó electa ni ha sido designada por este Tribunal para desempeñar ese puesto (folio 5, 8 vuelto, 9, 10 y 12).
II.- Sobre la renuncia formulada por la señora Ramírez Chacón. El artículo 56 del Código Municipal estipula que, en cualquier momento, los miembros de los Concejos de Distrito podrán renunciar a sus cargos y que corresponderá a este Tribunal realizar la sustitución.
Ante la renuncia de la señora Neidy Mayela Ramírez Chacón a su cargo de concejal propietaria del Concejo de Distrito de Picagres, cantón Mora, provincia San José, lo que corresponde es cancelar su credencial y, según lo que establece el artículo 208 del Código Electoral, sustituir los puestos vacantes.
III.- Sobre la sustitución de la señora Ramírez Chacón. Al cancelarse la credencial de la señora Neidy Mayela Ramírez Chacón se produce una vacante que es necesario suplir, con el siguiente candidato no electo de la nómina propuesta por el PNG para las concejalías propietarias de Picagres (artículo 208 del Código Electoral).
Por tal motivo y siendo que la señora Deyanira Mora Elizondo, cédula de identidad n.º 1-0514-0550, es quien se encuentra en tal supuesto, se le designa como concejal propietaria del referido distrito. Esta designación rige a partir de su juramentación y hasta el 30 de abril de 2024.
POR
TANTO
Se cancela la credencial de concejal propietaria del Concejo de Distrito de Picagres, cantón Mora, provincia San José, que ostenta la señora Neidy Mayela Ramírez Chacón. En su lugar, se designa a Deyanira Mora Elizondo, cédula de identidad n.º 1-0514-0550. Esta designación rige a partir de su juramentación y hasta el treinta de abril de dos mil veinticuatro. Notifíquese a los señores Ramírez Chacón y Mora Elizondo, al Concejo Municipal de Mora y al Concejo de Distrito de Picagres. Publíquese en el Diario Oficial.
Luis
Antonio Sobrado González
Eugenia María Zamora Chavarría Max Alberto Esquivel Faerron
Luz de los Ángeles Retana Chinchilla Hugo Ernesto Picado León
Exp. n.° 255-2021
ACT/smz.-