N.° 0446-M-2021.-TRIBUNAL
SUPREMO DE ELECCIONES. San José a las trece horas
cuarenta y cinco minutos del veintiséis de enero del dos mil veintiuno.
Diligencias de cancelación de credenciales de concejal suplente
del distrito San Antonio, cantón Alajuela, provincia Alajuela, que ostenta el
señor Isaías Guerrero Rojas.
RESULTANDO
1.- La señora María del Pilar
Muñoz Alvarado, coordinadora a.i. del
subproceso de secretaría del Concejo Municipal de Alajuela, por oficio n.º MA-SCM-99-2021
del 21 de enero de 2021, recibido en la Secretaría del Despacho el 25 de esos
mismos mes y año, comunicó que ese órgano, en la sesión ordinaria n.º 3-2021
del 19 de enero de 2021, conoció la renuncia del señor Isaías Guerrero Rojas a
su cargo de concejal suplente del distrito San Antonio. Junto con esa misiva,
se recibió copia certificada de la carta de dimisión del interesado (folios 3 a
6).
2.- En el
procedimiento se han observado las prescripciones de ley.
Redacta
la Magistrada Zamora Chavarría; y,
CONSIDERANDO
I.- Hechos probados. De
interés para la resolución del presente asunto se tienen, como debidamente
acreditados, los siguientes: a) que el señor Isaías Guerrero
Rojas, cédula de identidad n.° 2-0368-0530, fue electo concejal suplente
del distrito San Antonio, cantón Alajuela, provincia
Alajuela (ver resolución n.º 1800-E11-2020 de las 10:30 horas del 11 de
marzo de 2020, folios 11 a 17); b) que el
señor Guerrero Rojas fue propuesto, en su momento, por el partido Liberación
Nacional (PLN) (folios 9 y 10); c) que el señor Guerrero Rojas renunció
a su cargo (folios 4 y 6); d) que el
Concejo Municipal de Alajuela, en la sesión ordinaria n.º 3-2021 del 19 de enero
de 2021, conoció de la citada dimisión (folio 3); y, e) que el candidato
a concejal suplente del citado distrito, propuesto por el PLN, que no resultó
electo ni ha sido designado por este Tribunal para desempeñar tal cargo, es el
señor Óscar Mario Alfaro González, cédula de identidad n.º 2-0333-0819 (folios 9
vuelto, 15 vuelto, 18 y 20).
II.- Sobre
la renuncia formulada por el señor Guerrero Rojas. El
artículo 56 del Código Municipal estipula que, en cualquier momento, los
miembros de los Concejos de Distrito podrán renunciar a sus cargos y que
corresponderá a este Tribunal realizar la sustitución.
Ante la renuncia del señor Isaías Guerrero
Rojas a su cargo de concejal suplente del Concejo de Distrito de San
Antonio, cantón Alajuela,
provincia Alajuela, lo que corresponde es cancelar su credencial y, según lo
que establece el artículo 208 del Código Electoral, sustituir el puesto vacante
con el candidato que sigue en la lista de suplentes que no resultó electo ni ha
sido designado por este Tribunal para ejercer ese cargo.
III.- Sobre
la sustitución del señor Guerrero Rojas. En el
presente caso, al haberse
tenido por probado que el candidato que sigue en la nómina del PLN, que no
resultó electo ni ha sido designado por este Tribunal para desempeñar el cargo,
es el señor Óscar Mario Alfaro González, cédula de identidad n.º 2-0333-0819,
se le designa como concejal suplente
del distrito San Antonio, cantón Alajuela, provincia Alajuela. La
presente designación lo será por el período que va desde su juramentación hasta
el treinta de abril de dos mil veinticuatro.
POR
TANTO
Se cancela la credencial de concejal suplente
del Concejo de Distrito de San Antonio,
cantón Alajuela, provincia Alajuela, que ostenta el señor Isaías Guerrero
Rojas. En su lugar, se designa al señor Óscar Mario Alfaro González, cédula de
identidad n.º 2-0333-0819, quien pasará a ocupar el último lugar de entre los
miembros de su fracción política. La presente designación rige a partir de su juramentación y
hasta el treinta de abril de dos mil veinticuatro.
Notifíquese a los señores Guerrero Rojas y Alfaro González, al Concejo
Municipal de Alajuela y al Concejo de Distrito de San Antonio. Publíquese en el
Diario Oficial.
Luis Antonio
Sobrado González
Eugenia María
Zamora Chavarría Max Alberto
Esquivel Faerron
Exp. n.° 021-2021
ACT/smz.-