N.° 5255-M-2021.- TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES. San José, a las nueve horas veinte minutos del once de octubre de dos mil veintiuno.

 

Diligencias de cancelación de credenciales de concejal suplente del Concejo Municipal de Distrito de Cóbano, cantón Puntarenas, provincia Puntarenas, que ostenta la señora Ana Grace Castro Acuña.

 

RESULTANDO

          1.- Por oficio n.° CMS 302-2021 del 7 de octubre de 2021, recibido en la Secretaría de este Tribunal ese día, la señora Roxana Lobo Granados, secretaria del Concejo Municipal de Distrito de Cóbano, comunicó que ese órgano, en la sesión ordinaria n.º 74-21 del 28 de setiembre del año en curso, conoció la renuncia de la señora Ana Grace Castro Acuña, concejal suplente del distrito Cóbano. Junto con esa misiva, se envió copia certificada digitalmente de la carta de dimisión de la interesada (folios 2 y 3).

          2.- En el procedimiento se han observado las prescripciones de ley.

          Redacta la Magistrada Retana Chinchilla; y,

CONSIDERANDO

I.- Hechos probados.  De interés para la resolución del presente asunto se tienen, como debidamente acreditados, los siguientes: a) que la señora Ana Grace Castro Acuña, cédula de identidad n.° 6-0296-0845, fue designada concejal suplente del distrito Cóbano, cantón Puntarenas, provincia Puntarenas (ver resolución n.° 4811-M-2021 de las 11:35 horas del 23 de setiembre de 2021, folios 5 a 7); b) que la señora Castro Acuña fue propuesta, en su momento, por el partido Liberación Nacional (PLN) (folio 4); c) que la señora Castro Acuña renunció a su cargo (folio 3); d) que el Concejo Municipal de Distrito de Cóbano, en la sesión ordinaria n.º 74-21 del 28 de setiembre del año en curso, conoció la dimisión de la señora Ana Grace Castro Acuña (folio 2); y, e) que el candidato a concejal suplente del citado distrito, propuesto por el PLN, que no resultó electo ni ha sido designado por este Tribunal para desempeñar tal cargo, es el señor Marvin Giovanni Blanco Burgos, cédula de identidad n.º 6-0274-0964 (folios 4, 8 y 10).  

II.- Sobre la renuncia formulada por la señora Castro Acuña. El artículo 56 del Código Municipal estipula que, en cualquier momento, los miembros de los Concejos de Distrito podrán renunciar a sus cargos y que corresponderá a este Tribunal realizar la sustitución.

Ante la renuncia de la señora Ana Grace Castro Acuña a su cargo de concejal suplente del Concejo Municipal de Distrito de Cóbano, cantón Puntarenas, provincia Puntarenas, lo que corresponde es cancelar su credencial y, según lo que establece el artículo 208 del Código Electoral, sustituir el puesto vacante.

III.- Sobre la sustitución de la señora Castro Acuña. En el presente caso, al haberse tenido por probado que el candidato que sigue en la nómina del PLN, que no resultó electo ni ha sido designado por este Tribunal para desempeñar el cargo, es el señor Marvin Giovanni Blanco Burgos, cédula de identidad n.º 6-0274-0964, se le designa como concejal suplente del distrito Cóbano, cantón Puntarenas, provincia Puntarenas. La presente designación lo será por el período que va desde su juramentación hasta el treinta de abril de dos mil veinticuatro.

POR TANTO

Se cancela la credencial de concejal suplente del distrito Cóbano, cantón Puntarenas, provincia Puntarenas, que ostenta la señora Ana Grace Castro Acuña. En su lugar, se designa al señor Marvin Giovanni Blanco Burgos, cédula de identidad n.º 6-0274-0964. Esta designación rige desde su juramentación hasta el treinta de abril de dos mil veinticuatro. Notifíquese a la señora Castro Acuña, al señor Blanco Burgos, al Concejo Municipal de Puntarenas y al Concejo Municipal de Distrito de Cóbano. Publíquese en el Diario Oficial.

 

 

 

 

Luis Antonio Sobrado González



Eugenia María Zamora Chavarría       Max Alberto Esquivel Faerron



Luz de los Ángeles Retana Chinchilla       Hugo Ernesto Picado León

 

 

 

 

 

Exp. n.º 420-2021

ACT/smz.-