N.° 3500-M-2021.- TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES. San José, a las diez horas del diecinueve de julio de dos mil veintiuno.

 

Corrección de la resolución n.° “2259-M-2021” (sic) de las 9:15 horas del 18 de mayo de 2021, dictada dentro del expediente n.° 150-2021.

 

RESULTANDO

1.- Por resolución n.° “2259-M-2021” (sic) de las 9:15 horas del 18 de mayo de 2021, este Tribunal canceló la credencial de la señora Maribel Gómez Ulloa, quien en vida se desempeñó como concejal propietaria del distrito Santa Rosa, cantón Oreamuno, provincia Cartago. En su lugar, se designó al señor Juan Luis Granados Pérez, cédula de identidad n.º 3-0190-1167 (folios 12 y 13).

  2.- De manera oficiosa, este Tribunal aprecia un error material en la referida resolución.

3.- En el procedimiento se observaron las prescripciones de ley.

Redacta la Magistrada Retana Chinchilla; y,

CONSIDERANDO

Único. El número de la resolución de fondo que consta en el expediente                 n.º 150-2021 es “2259-M-2021” de las 9:15 horas del 18 de mayo de 2021 (folio 12), cuando, en realidad, el número correcto de la sentencia es el 2559-M-2021, tal y como consta en el libro electrónico de votos de este Tribunal Supremo de Elecciones; en ese sentido, lo procedente es corregir el número de resolución, en los términos expuestos.

En consecuencia, en la referida resolución, en donde se lee que el número de voto “2259-M-2021” debe entenderse “2559-M-2021”. Esta corrección de un error material no vicia ni cambia la voluntad de este Pleno. De igual manera, la referida modificación no involucra la anulación del acto que se pretende corregir ni conlleva privarlo de sus efectos.

POR TANTO

Se corrige oficiosamente la resolución n.° “2259-M-2021” de las 9:15 horas del 18 de mayo de 2021, en el sentido de que, en donde se lee “2259-M-2021”, debe entenderse “2559-M-2021”. Notifíquese en los términos ordenados en el citado fallo.

 

 

 

Luis Antonio Sobrado González



Eugenia María Zamora Chavarría       Max Alberto Esquivel Faerron



Luz de los Ángeles Retana Chinchilla       Hugo Ernesto Picado León

 

 

 

 

 

 

Exp. n.° 150-2021

ACT/smz.-