N.° 3079-M-2021.- TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES. San José, a las nueve horas quince minutos del veintiocho de junio del dos mil veintiuno.

 

Diligencias de cancelación de credenciales de concejal propietaria del Concejo de Distrito de Grecia, cantón Grecia, provincia Alajuela, que ostentaba la señora María Celeste Núñez Castro.

 

RESULTANDO

          1.- En escrito recibido en la oficina regional de estos Organismos Electorales de Grecia el 18 de junio de 2021, la señora Natalia Ruiz Morera, síndica suplente de Grecia, informó que la señora María Celeste Núñez Castro, concejal propietaria, había fallecido (folios 2 y 3).

          2.- En el procedimiento se han observado las prescripciones de ley.

          Redacta el Magistrado Sobrado González; y,

CONSIDERANDO

I.- Hechos probados.  De interés para la resolución del presente asunto se tienen, como debidamente acreditados, los siguientes: a) que la señora María Celeste Núñez Castro, cédula de identidad n.° 2-0259-0501, fue electa concejal propietaria del distrito Grecia, cantón Grecia, provincia Alajuela (ver resolución                    n.° 1802-E11-2020 de las 10:40 horas del 11 de marzo de 2020, folios 7 a 11);                  b) que la señora Núñez Castro fue propuesta, en su momento, por el partido Unidad Social Cristiana (PUSC) (folio 6); c) que la señora Núñez Castro falleció el 1.º de mayo de 2021 (folio 5); y, d) que el señor Jorge Enrique Rodríguez González, cédula de identidad n.º 2-0308-0414, es el candidato que sigue en la nómina de concejales propietarios del PUSC que no resultó electo ni designado por este Tribunal para desempeñar tal cargo (folios 6, 9, 12 y 13).

II.- Sobre el deceso de la señora Núñez Castro. En virtud de que en autos se encuentra acreditado que la señora María Celeste Núñez Castro, concejal propietaria del distrito Grecia, falleció el 1.º de mayo de 2021, lo procedente es, ante su deceso, cancelar su credencial, como en efecto se dispone.

III.- Sobre la sustitución de la señora Núñez Castro. Al cancelarse la credencial de la señora María Celeste Núñez Castro se produce -de entre los concejales propietarios del PUSC en el Concejo de Distrito de Grecia- una vacante que es necesario suplir conforme lo establece el párrafo segundo del artículo 208 del Código Electoral, sea: “…llamando a ejercer el cargo, por el resto del período constitucional, a quien (…) siga en la misma lista, según corresponda”. En consecuencia, este Tribunal sustituirá a los concejales propietarios que deban cesar en sus funciones, con los candidatos de la misma naturaleza que sigan en la lista del partido político del funcionario cesante, que no hayan resultado electos ni hayan sido designados para desempeñar el cargo.

Así las cosas, el candidato que sigue en la nómina del PUSC, que no resultó electo ni ha sido designado por este Tribunal para desempeñar el cargo, es el señor Jorge Enrique Rodríguez González, cédula de identidad n.º 2-0308-0414, por lo que se le designa como concejal propietario de Grecia, cantón Grecia. La presente designación lo será por el período que va desde su juramentación hasta el treinta de abril de dos mil veinticuatro.

POR TANTO

Se cancela la credencial de concejal propietaria del distrito Grecia, cantón Grecia, provincia Alajuela, que ostentaba la señora María Celeste Núñez Castro. En su lugar, se designa al señor Jorge Enrique Rodríguez González, cédula de identidad n.º 2-0308-0414. Esta designación rige a partir de la juramentación y hasta el 30 de abril de 2024. Notifíquese al señor Rodríguez González, al Concejo Municipal de Grecia y al Concejo de Distrito de Grecia. Publíquese en el Diario Oficial.

 

 

 

Luis Antonio Sobrado González



Eugenia María Zamora Chavarría       Luz de los Ángeles Retana Chinchilla



Hugo Ernesto Picado León       Zetty María Bou Valverde

 

 

 

 

Exp. n.º 213-2021

ACT/smz.-