6- PARTIDOS POLÍTICOS

6.4. Democracia interna de los partidos políticos


Condiciones de membresía y militancia de un partido político. Grados de participación partidaria.

Las condiciones personales (militancia y membresía) constituyen una pública declaración de principios político-doctrinarios y en virtud de la adhesión que suponen, permiten la activa participación de los electores a favor de una determinada propuesta político-ideológica; sin embargo tales condiciones devienen del todo insuficientes por si solas para poder demandar la declaración de nulidades de la integración de las Asambleas cantonales, provinciales y nacional, de normas estatutarias y de actuaciones y resoluciones de órganos internos partidarios. En verdad, las condiciones de miembro y militante pueden enmarcarse dentro de la figura que se denomina GRADO DE PARTICIPACIÓN. A lo interno de cada partido político es dable establecer la existencia de diferentes tipos de miembros con que un partido político puede contar, de forma tal que incluso es dable concebir una serie de círculos concéntricos de conformidad con los cuales la solidaridad e identificación con el partido de que se trate se hará cada vez más fuerte según se vaya desde los círculos exteriores hasta los círculos interiores, pues en aquella escalada se irán colocando sucesiva y progresivamente los simples ELECTORES, los SIMPATIZANTES, los ADHERENTES, los MIEMBROS, los MILITANTES, los ACTIVISTAS, los PROPAGANDISTAS y los LIDERES y DIRIGENTES en una disposición tal que aumente la identificación, colaboración y solidaridad con el partido según se vaya focalizando la observación del fenómeno en los círculos interiores ya referidos, en los cuales será posible apreciar un GRADO DE PARTICIPACIÓN cada vez mayor y más intenso, esto es, la membresía, el activismo y la colaboración serán más fuertes y densos en esos niveles. Así las cosas, es claro de acuerdo con lo que ya se afirmó supra que, partiendo del concepto de ELECTOR, por vía de la estadística de los votos obtenidos en una elección nacional le es posible a un partido político determinar, entre otras cosas, cuál es el peso específico que el mismo partido tiene en la vida política de una determinada sociedad y cuál es la representación con la que un determinado número de ELECTORES cuenta en los órganos de gobierno; de esta forma podrían también desarrollarse los restantes conceptos Militante, Miembro Activo, Adherente, Simpatizante, etc.0444-1992 de las 11:10 horas del 19 de mayo de 1992. Recursos de apelación promovidos por Marvin Rodríguez Varela y José Miguel Corrales Bolaños, en su condición de miembros del Partido Liberación Nacional, y Carlos Manuel Castillo Morales, Saúl Weisleder Weisleder y Walter Coto Molina en calidad de Presidente, Tesorero y Secretario General del mismo partido, contra la resolución número 31-92 dictada por el señor Director General del Registro Civil.