2. DERECHOS FUNDAMENTALES ELECTORALES

2.6 Derecho a la información y la libertad de expresión

Medios de comunicación. Fin público.

La televisión en Costa Rica cumple un fin público, de singular importancia para la democracia costarricense, mediante la divulgación de cultura, educación e información y en consecuencia esa actividad, aunque la realice una empresa privada, persigue un fin público y por ello debe respetar tanto la función social que satisface como la igualdad de trato a los beneficiarios y usuarios. Tal comportamiento es propio de las obligaciones que asume el concesionario, función social y política que debe cumplir con estricto apego a las libertades fundamentales y constitucionales que les son reconocidas tanto a los medios de comunicación colectiva como a los ciudadanos en general. Dado que las libertades de que gozan las empresas de televisión no son irrestrictas, y que los ciudadanos tienen el derecho constitucional a la información, se desprende la obligación que tienen dichas empresas de darle a los candidatos oficiales y líderes de los partidos políticos, iguales oportunidades para expresar en público su propuesta política, porque sobre el interés mercantil que pueda justificar la existencia de las televisoras, debe privar el reconocimiento de que son medios de divulgación de valores, actividad que coadyuva con el Estado a la formación de la voluntad política y que deben perseguir ese fin público, pues se hace un grave daño a la democracia cuando los formadores de opinión pública privilegian indebidamente a algunos de los participantes en detrimento de otros, que están en igualdad de condiciones jurídicas. 2759-E-2001 de las 13:00 horas del 26 de diciembre del 2001. Recurso de Amparo Electoral planteado por los señores Walter Coto Molina, en su calidad de candidato presidencial por el Partido Coalición Cambio 2000, Walter Muñoz Céspedes, en su carácter de candidato presidencial por el Partido Integración Nacional y Justo Orozco Álvarez, en su condición de candidato presidencial por el Partido Renovación Costarricense contra la Universidad de Costa Rica, el Instituto Nacional de la Mujer y Televisora de Costa Rica, S.A. (Telenoticias Canal 7).