Elecciones Nacionales 2026
El domingo 25 de enero será el último día para que los partidos puedan realizar actividades políticas en sitios públicos.
Mientras tanto, hasta el próximo miércoles 28 de enero se podrán difundir encuestas o sondeos, así como pautar publicidad en medios de comunicación colectiva.
San José, 23 de enero de 2026. El Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) recuerda que, el domingo 25 de enero será el último día para que las agrupaciones partidarias puedan celebrar reuniones o mítines en sitios públicos, según lo establece el artículo 137 del Código Electoral.
Por su parte, a partir de lo indicado por el artículo 138 de dicha normativa, el miércoles 28 de enero será la fecha límite para difundir o publicar, parcial o totalmente, las encuestas o sondeos de opinión relativos a los comicios nacionales (se incluyen aquellos que se publican en redes sociales).
Esta medida también rige para mediciones de intención de voto o de sufragio efectuado, por ejemplo, las encuestas a boca de urna y las actividades de simulación de voto, como las elecciones infantiles. La información recabada no se podrá revelar hasta que finalice la sesión solemne de Transmisión de Resultados Provisionales, que realizará el TSE el domingo 1° de febrero, a partir de las 8:45 de la noche.
El organismo electoral hace un llamado a la ciudadanía a no dar, durante este periodo, ninguna credibilidad a cualquier tipo de avance de resultados, o conteos que no procedan directamente del TSE.
Pauta en medios de comunicación
Finalmente, de acuerdo con el artículo 136 del Código Electoral, a partir del jueves 29 de enero, no podrá difundirse ningún tipo de propaganda política en medios de comunicación colectiva, es decir, publicar espacios pagados en prensa escrita, radio, televisión e internet.
En el caso de internet, lo que no podrá divulgarse durante este periodo son las publicaciones correspondientes a espacios pagados en sitios web o redes sociales (como por ejemplo los “banners”).
Durante estos días de veda, sí está permitido que los candidatos participen en debates, entrevistas y programas de opinión, así como el volanteo y el perifoneo.
El TSE recuerda que quienes incumplan estas disposiciones se exponen a las sanciones contempladas en los artículos 286, 289 y 291 del Código Electoral (las multas van de los 2 a los 50 salarios base, según sea el caso).
Asimismo, si un ciudadano observa alguna anomalía a lo largo del proceso, podrá interponer una denuncia en la línea telefónica gratuita 800-ELECTOR (800-353-2867) o por medio de la aplicación #VotanteInformadoCR, que puede descargarse sin costo alguno de las tiendas de Apple y Android.
TweetBasada en una obra en https://www.tse.go.cr
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