Sistema de Declaración de Matrimonio en Línea
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Presentación
¡Bienvenidos y bienvenidas al nuevo Sistema de Declaración de Matrimonio en Línea!
El Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) pone a disposición de las personas notarias este nuevo servicio. Esta plataforma es de uso obligatorio y sustituye al sistema de “Matrimonio Digital”, vigente desde el año 2011.
Uno de los principales cambios de la nueva herramienta es que, el matrimonio quedará automáticamente inscrito en la base de datos del TSE, siempre y cuando ambos contrayentes sean costarricenses por nacimiento y cuenten con libertad de estado para contraer matrimonio, una vez completados los pasos requeridos por la plataforma.
Asimismo, al concluir el trámite de declaración, dicho acto civil estará disponible en el sistema institucional, y se podrá solicitar su respectiva certificación de estado civil actualizada con el matrimonio recién inscrito.
El Sistema de Declaración de Matrimonio en Línea es un instrumento moderno, ágil y seguro.
Inscripción y Requerimiento
Para el uso de este sistema, debe estar inscrito como Registrador Auxiliar y registrar sus datos. Posteriormente, se remitirá al correo suministrado el usuario y una contraseña provisional con los que podrá tener acceso al sistema y deberá hacer el cambio a una nueva contraseña.
Contactos para Inscripción y Soporte Técnico
| Requerimiento | Descripción |
|---|---|
| Inscripción al Sistema de Declaración de Matrimonio en Línea / consultas sobre inscripción de matrimonios |
Contactar a la Sección de Inscripciones
Correo: matrimonioenlinea@tse.go.cr
Teléfono: 2287-5471 / 2287-5822
|
| Soporte Técnico |
Contactar al Departamento Civil
Correo: consultacivil@tse.go.cr
Teléfono: 2287-5643
|
Obligaciones de las Personas Notarias
Entre otras, deberán cumplir con las siguientes obligaciones:
- El acceso al Sistema de Declaración de Matrimonio en Línea es través de la asignación de un usuario y una clave de acceso, los cuales son de uso exclusivo de su dueño y sus usuarios respectivamente. Por lo anterior, no deberán cederlo a ninguna otra persona.
- Es responsabilidad de la persona notaria no celebrar matrimonios cuando su estado ante la Dirección Nacional de Notariado, sea suspendido, cesado o inhabilitado.
- Al utilizar este servicio, la persona notaria se compromete al correcto uso de la herramienta, brindando la información requerida por el certificado de declaración de matrimonio, de forma precisa, completa y verdadera conforme consta en la escritura pública de su protocolo y con la debida exactitud de los datos procurando registros fehacientes.
- Esta modalidad de declaración y registro de matrimonios no modifica o exonera a las personas notarias del cumplimiento de los requisitos establecidos en el Código de Familia para la celebración de un matrimonio. Las personas usuarias se comprometen con los términos y condiciones aquí establecidas, así como con todos aquellos a que se hace referencia.
Preguntas frecuentes
El sistema permitirá a las personas notarias declarar los matrimonios que celebren mediante un proceso ágil y sencillo. Con solo seleccionar la opción correspondiente, podrán registrar la declaración del matrimonio y cuando se cumplan todos los requisitos legales y técnicos para su inscripción inmediata (aplica únicamente para matrimonios entre costarricenses por nacimiento), el sistema generará automáticamente la inscripción en el Registro Civil, agilizando el trámite y reduciendo los tiempos de procesamiento.
Para ingresar y utilizar la herramienta únicamente se necesita una computadora con acceso estable a internet. No es necesario instalar programas adicionales, siempre que se utilice un navegador web actualizado que permita el correcto funcionamiento del sistema.
Para solicitar las credenciales de acceso al sistema, debe enviar un correo electrónico a la cuenta matrimonioenlinea@tse.go.cr indicando su nombre completo, número de cédula de identidad y número de carné de abogado(a). Una vez verificada la información suministrada, se le brindarán las instrucciones correspondientes para el acceso a la plataforma.
Las contraseñas deben contener un mínimo de diez caracteres, en los cuales se combinen caracteres numéricos, alfabéticos (mayúsculas y minúsculas) y caracteres especiales. La repetición de contraseñas ya sea en parte o su totalidad, previamente utilizadas por el usuario, está totalmente prohibida. Cada vez que se requiera del cambio de contraseñas, las mismas deberán ser totalmente diferentes a las anteriores. El uso del nombre y apellidos de la persona usuaria en parte o en su totalidad también están prohibidas.
La carga de una imagen del documento de identidad frente y dorso en un solo archivo y únicamente es requerida cuando alguno de los contrayentes sea extranjero. En estos casos, el documento debe adjuntarse durante el trámite para permitir la verificación de la identidad y continuar con el proceso de inscripción.
Las imágenes de los documentos de identificación deben cargarse en alguno de los siguientes formatos: JPG, BMP, GIF o PNG. Además, el tamaño máximo permitido para cada archivo es de 1 MB, por lo que se recomienda verificar el peso del documento antes de adjuntarlo al sistema.
Si presenta inconvenientes para ingresar al sistema o experimenta problemas relacionados con el acceso, puede solicitar asistencia técnica escribiendo a cualquiera de los siguientes correos electrónicos:
Tutoriales
Las personas usuarias se comprometen con los términos y condiciones aquí establecidas, así como con todos aquellos a que se hace referencia.