Tribunal Supremo de Elecciones, República de Costa Rica

Elecciones Municipales 2024

Inicia plazo para realizar actividades proselitistas en sitios públicos, autorizadas por el TSE

  • Agrupaciones no podrán efectuar reuniones o mítines del 16 de diciembre de 2023 al 1° de enero de 2024.
  • El domingo 28 de enero de 2024 es el último día para que se puedan llevar a cabo estas actividades, estando prohibido hacerlas el propio día de las elecciones (4 de febrero de 2024).

  • Inicia plazo para realizar actividades proselitistas en sitios públicos, autorizadas por el TSE

    San José, miércoles 4 de octubre de 2023. A partir de este 4 de octubre, todas las reuniones u otras actividades proselitistas que realicen los partidos políticos en sitios públicos (sean aceras, calles, plazas, parques, etc.) deberán contar con la autorización del Tribunal Supremo de Elecciones (TSE), y con los permisos de las autoridades correspondientes (municipalidades, Ministerio de Salud, Ministerio de Obras Públicas y Transportes), según las normativas de cada entidad.

    El Cuerpo Nacional de Delegados del TSE, por medio del Programa Autorización de las Actividades de los Partidos Políticos en Sitios Públicos, es la instancia electoral a la cual le corresponde conocer y resolver las solicitudes presentadas por las agrupaciones, así como brindar el acompañamiento a los partidos durante la etapa de las actividades.

    Las agrupaciones partidarias deben recordar que, las plazas públicas, mítines, piquetes, ferias electorales, desfiles, caravanas o cualquier encuentro de índole proselitista, no pueden coincidir en fecha ni en un mismo distrito electoral.

    Tampoco podrán celebrarlas en el período comprendido entre el próximo 16 de diciembre y el 1º de enero de 2024 (la prohibición incluye ambas fechas). Esta restricción es extensiva a los seis días inmediatos previos al día de las elecciones municipales, así como el propio 4 de febrero de 2024, día de las votaciones. Por esta razón, el domingo 28 de enero de 2024 será el último día para que puedan llevar a cabo este tipo de actividades.

    Asimismo, los partidos no podrán reunirse en puentes, intersecciones de vías públicas ni frente a templos religiosos, estaciones de bomberos o de la Cruz Roja. Tampoco está permitido reunirse a menos de 200 metros de hospitales, dependencias policiales o centros educativos cuyas funciones habituales puedan resultar afectadas. Estas restricciones se aplicarán únicamente en el caso de actividades estacionarias, o sea, donde el grupo de personas no se mantiene en movimiento o circulación.

    Finalmente, los clubes de las demás agrupaciones ubicados en las proximidades del sitio en donde otro partido político efectuará su reunión pública, permanecerán cerrados durante las 24 horas del día respectivo.

    Para realizar una actividad proselitista en un sitio público, el partido político interesado deberá completar un formulario electrónico disponible dentro de la plataforma de servicios a partidos políticos, ubicada en la página web del organismo electoral (https://www.tse.go.cr/2024/actividades.html) y luego presentarlo debidamente firmado en la Ventanilla Única de la Dirección General del Registro Electoral y Financiamiento de Partidos Políticos (ubicada en la planta baja de la sede central del TSE). De igual manera, la documentación se puede presentar en las 32 oficinas regionales o, incluso enviar el formulario con firma digital al correo oficial pasp@tse.go.cr

    El TSE pone a disposición de los interesados los teléfonos 2547-4820, 2287-5766 y las direcciones electrónicas pasp@tse.go.cr o delegadostse@tse.go.cr, para atender consultas sobre esta materia.




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