Reiteró jurisprudencia respecto de renuncias de miembros de supremos poderes TSE declara parcialmente con lugar amparo presentado por el señor Stephan Brunner![]() San José, 22 de agosto de 2025. En resolución n° 5501-E1-2025 del 21 de agosto, el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) declaró parcialmente con lugar el recurso de amparo electoral interpuesto por el señor Stephan Brunner contra la Asamblea Legislativa. El TSE señala que la restricción temporal fijada en el artículo 109 constitucional (renunciar seis meses previos a la elección) alcanza a quienes efectivamente ejerzan en sustitución la Presidencia de la República, no a quienes estén en posibilidad de hacerlo por el cargo que ostentan. En consecuencia, al no estar contemplado el cargo de la Vicepresidencia en ese mandato constitucional, no existía obligación del señor Brunner de renunciar con antelación al 31 de julio de 2025. Pese a que el recurrente no estaba sometido a ese plazo perentorio para renunciar a su puesto y postularse a la diputación, el Tribunal declara que la renuncia es un acto libre de la persona, que en el caso de quien ocupa la Vicepresidencia solo requiere que sea conocida por la Asamblea Legislativa, exigencia que se satisface con incluir la dimisión en el orden del día del Plenario. El TSE entiende, confirmando su línea jurisprudencial, que ese acto liberatorio de renunciar al cargo de la Vicepresidencia fue obstaculizado por la Asamblea Legislativa, por la decisión de someterlo a votación. Por ese motivo declara con lugar el recurso de amparo electoral y se advierte al señor Rodrigo Arias Sánchez, Presidente de la Asamblea Legislativa, que deberá velar para que acciones como las que dieron lugar a la estimatoria parcial del recurso de amparo no se repitan. |