Tribunal Supremo de Elecciones, República de Costa Rica

Gestiones independientes planteadas por aspirantes a diputaciones

TSE da curso a dos recursos de amparo contra el partido Pueblo Soberano

  • Comité Ejecutivo Nacional y Tribunal de Elecciones Internas deberán rendir informe en plazo de tres días.
  • Designación de candidaturas a las diputaciones por las provincias Alajuela y Heredia quedan supeditadas a la resolución del amparo.

  • Más de 43 mil nuevos votantes aún no solicitan su cédula

    San José, 26 de agosto de 2025. Hoy el Tribunal Supremo de Elecciones dio curso a dos recursos de amparo electoral formulados por separado por las señoras Iliana María Ruiz Chacón y Xinia María Molina Ruiz, contra el partido Pueblo Soberano.

    En sus escritos, las recurrentes alegan haber aspirado a las candidaturas a diputaciones por las provincias Alajuela y Heredia, respectivamente y haber cumplido con los requisitos para ser registradas como precandidatas (incluido el pago del importe requerido por la agrupación política), pese a lo cual, dicen haber recibido llamadas telefónicas la tarde del 21 de agosto en las que se les indicó que sus nombres habían sido descartados, por lo que su precandidatura no sería sometida a votación en la Asamblea Nacional, con lo cual se les impidió participar como precandidatas y sus nombres no fueron sometidos a conocimiento de la Asamblea Superior. A esa relación de hechos, la señora Molina Ruiz añadió que esa fase de preselección de precandidaturas no se encuentra regulada en la normativa partidaria.

    Admitidos ambos recursos de amparo para su estudio, el TSE dio un plazo de tres días hábiles al Comité Ejecutivo Nacional y al Tribunal de Elecciones Internas para que se refieran a lo indicado por las recurrentes, y dispuso que la designación de las candidaturas a las diputaciones por las dos provincias concernidas queda supeditada a la resolución de ambos recursos de amparo.



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