Ejercicio del voto mediante poder contraviene deliberación, participación y pluralismo de asambleas de partidos políticos. Deber de partidos políticos de responder a valores democráticos y participativos. 0919-1999 (16)
Voto público y semipúblico. Excepción para personas con discapacidad. Acceso al sufragio prevalece sobre carácter secreto. Artículos 114 y 119 del Código Electoral. Voto asistido. 0232-E-2006 (1)
10.2 Voto asistido
Voto público y semipúblico. Excepción para personas con discapacidad. Acceso al sufragio prevalece sobre carácter secreto. Artículos 114 y 119 del Código Electoral. Voto asistido. 0232-E-2006 (2)
Voto semipúblico. Valoración de procedencia por Juntas Receptoras de Votos. Fiscalización partidaria. Artículos 48, 49 y 91 del Código Electoral. 1054-E-2004 (1)
10.3 Voto de personas con discapacidad
Condiciones y modalidades. Imposibilidad material de ejercicio del sufragio. Ejercicio restrictivo de potestad de la Junta Receptora de Votos de impedir sufragio. Principio favor libertatis. 185-P-2004 (3)
Políticas institucionales para proceso de consulta popular. Programa Electoral sobre Equiparación de Condiciones para el Ejercicio del Voto. 1558-E-2007 (1)
Voto público y semipúblico. Excepción para personas con discapacidad. Acceso al sufragio prevalece sobre carácter secreto. Artículos 114 y 119 del Código Electoral. Voto asistido. 0232-E-2006 (3)
10.4 Voto de personas privadas de libertad
Derechos políticos de población penitenciaria. Reglas de procesos electorales nacionales y locales y de convenciones internas de partidos políticos son diferentes. No hay obligación de establecer tanto centros de votación como para elecciones nacionales. Artículos 90 y 91 de la Constitución Política. 2544-E1-2009 (1)
Equiparación real de poblaciones indígenas en niveles paritarios de acceso y ejercicio de sufragio. 0569-E4-2011 (8)
Políticas institucionales para proceso de consulta popular. Programa Electoral sobre Equiparación de Condiciones para el Ejercicio del Voto. 1558-E-2007 (2)
10.6 Voto en el extranjero
Implementación de voto en el extranjero. Facultad del TSE de designar como delegado a la autoridad consular para que se desempeñe como representante del organismo electoral. 0406-E8-2010 (2)
Imposibilidad del TSE para reformar legislación electoral. 2594-E-2006 (2)
Imposibilidad de sufragio en el extranjero no condiciona legitimidad democrática de procesos electorales. 2594-E-2006 (3)
Imposibilidad legal para emitir voto en extranjero. Artículos 3, 10 y 39 del Código Electoral. 2531-E-2005 (3)
Imposibilidad legal para habilitar juntas receptoras de votos en sedes diplomáticas o consulares. 1081-E-2006 (1)